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31 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / a la Universidad, la presentación de información adicional. El 03 de enero de 2025, con O fi cio Nº 002-2025-R-ULADECH Católica, la Universidad remitió información para atender los requerimientos noti fi cados (Exp. 2025EXT0000000387-SUNEDU). El 06 de febrero de 2025, mediante O fi cio Nº 00326-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se requirió a la Universidad, la presentación de información adicional. El 17 de febrero de 2025, con O fi cio Nº 021-2025-R-ULADECH Católica presentó información para atender los requerimientos noti fi cados el 06 de febrero (Exp. 2025EXT0000013145-SUNEDU). El 17 de febrero de 2025, con O fi cios Nºs 044-2025-SG- ULADECH Católica y 045-2025-SG-ULADECH Católica remitió información sobre la fusión de las Facultades de Derecho y Humanidades, Ciencias e Ingeniería y Ciencias de la Salud en la Facultad de Humanidades, Ciencias y Salud (Exps. 2025EXT0000013059-SUNEDU y 2025EXT0000013087-SUNEDU). El 21 de marzo de 2025, mediante O fi cio Nº 00998-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se requirió a la Universidad, la presentación de información adicional. El 28 de marzo de 2025, con O fi cio Nº 01078-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite Nº 13 que resuelve realizar una segunda DAP los días 03 y 04 de abril de 2025. El 03 de abril de 2025, mediante O fi cio Nº 039-2025-R-ULADECH Católica, la Universidad solicitó prórroga de diez (10) días hábiles para presentar información que le permita atender los requerimientos noti fi cados el 21 de marzo de 2025 (Exp. 2025EXT0000021998-SUNEDU). Solicitud atendida con Ofi cio Nº 001194-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE del 08 de abril de 2025. El 08 de abril de 2025, con O fi cio Nº 01196-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE se noti fi có a la Universidad, las Actas de inicio y fi n de la segunda DAP. El 11 de abril de 2025, con O fi cio Nº 047-2025-R-ULADECH Católica, la Universidad remitió información para atender los requerimientos realizados el 21 de marzo de 2025 (Exp. 2025EXT0000023471- SUNEDU). Durante la tramitación del procedimiento de licenciamiento de la Universidad, se realizaron un total de dieciséis (16) reuniones de orientación técnica, con la fi nalidad de absolver consultas sobre el procedimiento de licenciamiento y la evaluación de la SLI de la Universidad. 4. Sobre el Informe Técnico de Licenciamiento CBC I: La fi nalidad pública de la Condición I es que la propuesta de la Universidad sustente sus funciones y se oriente a la investigación y a la docencia, con procesos formativos puestos en conocimiento de la sociedad y que orienten el desarrollo de sus procesos misionales, estratégicos y de soporte. La Universidad cumple con la fi nalidad de esta CBC, toda vez que cuenta con un Modelo Educativo sustentado en fundamentos fi losó fi cos, humanísticos, cientí fi cos, tecnológicos y pedagógicos a partir de los cuales desarrolla su propuesta formativa. Asimismo, cuenta con un enfoque por competencias, que se vincula con ejes transversales, investigación formativa y elementos de la responsabilidad social, cuidado del medio ambiente, interculturalidad, inclusión y género. El Modelo de fi ne la organización de los estudios y el per fi l de los actores de la comunidad universitaria; así como, establece los medios y mecanismos para su implementación con el fi n de asegurar la calidad educativa. CBC II: La Condición II toma en cuenta que el proyecto universitario es la expresión de la voluntad (del Estado, de una persona natural o de una persona jurídica) de gestionar una universidad pública o privada que cumpla los requisitos establecidos en la Ley Universitaria. Tiene como fi nalidad pública garantizar la autonomía normativa, de gobierno, académica, administrativa y económica de la universidad; así como, demostrar que cuenta con la capacidad de realizar inversiones y gastos signi fi cativos para licenciarse, mantener y mejorar las CBC. De la misma manera, busca asegurar que quienes conduzcan la Universidad tengan la idoneidad para hacerlo. La Universidad cumple con lo requerido en la presente condición, toda vez que, cuenta con una estructura orgánica que permite el ejercicio de su autonomía y el cumplimiento de la Ley Universitaria. Asimismo, cuenta con instrumentos normativos, de plani fi cación y gestión consistentes entre sí y que delimitan la organización en aspectos académicos, administrativos y de gobierno. Por otra parte, cuenta con planes de inversión y fi nanciamiento, además de un presupuesto institucional proyectado para la nueva oferta académica propuesta, para el inicio y sostenibilidad de los programas de estudio; estimando que el fi nanciamiento del servicio educativo será autosostenible con recursos provenientes de las actividades de operación a ejecutar debido a la generación de superávit operativo. Además, la Universidad cuenta con autoridades y miembros de sus órganos de gobierno competentes para desempeñar sus funciones, que cumplen los per fi les defi nidos para dirigir una institución de educación superior universitaria, bajo una normativa que establece y regula su conducta, en relación con principios, valores, ética y manejo de con fl icto de intereses. La Universidad dispone también de un sistema de control interno y gestión de riesgos, utilizado como herramienta clave para alcanzar los objetivos institucionales; asimismo, demuestra el relacionamiento con la comunidad universitaria, regula la transparencia universitaria y cuenta con mecanismos y procedimientos de atención de denuncias de actos irregulares, de corrupción y de hostigamiento sexual. La Universidad cumple también con las obligaciones establecidas en su cronograma de cese de actividades y la entrega progresiva de los pedidos de información. CBC III: La fi nalidad pública de la Condición III es que la universidad cuente con una propuesta de programas académicos coherente con su modelo educativo, que responda a las políticas nacionales, regionales e internacionales, así como a las necesidades y demandas productivas, laborales, sociales y/o académicas de la sociedad. Esta propuesta tiene una ruta formativa defi nida, infraestructura física, soporte tecnológico, y recurso docente y no docente disponible para iniciar su funcionamiento. Además, tiene una plani fi cación para su implementación, que garantiza la sostenibilidad de estos. La Universidad cumple con la presente condición, debido a que evidencia la existencia de la demanda futura de profesionales de los tres (3) programas académicos propuestos, en el ámbito de in fl uencia. Asimismo, cuenta con documentos normativos y de gestión académica que de fi nen y plani fi can su oferta educativa en todo el proceso de formación universitaria, los cuales se encuentran enmarcados por el Modelo Educativo, alineados a su normativa interna y a la Ley Universitaria. Estos documentos estructuran la ruta formativa que desarrollarán las competencias profesionales en los tres (3) programas de pregrado presentados en la SLI, que serán aplicados por docentes y estudiantes, desde la admisión a la Universidad hasta el egreso. Con relación a la Infraestructura física, la Universidad evidenció el derecho real y el uso exclusivo del local SL01, en el cual desarrollará las actividades académicas y de servicios complementarios en espacios controlados, seguros, saludables y accesibles, con condiciones de preservación y operatividad en sus instalaciones. Cuenta con capacidad y disponibilidad horaria en sus ambientes para el cumplimiento de sus objetivos académicos durante los dos (2) primeros años. Así como, con un sistema de infraestructura tecnológica que da soporte a los procesos de gestión académica, gestión administrativa, gestión de acervo bibliográ fi co y repositorio institucional digital. Por otra parte, la Universidad cumple con el 25% de docentes a tiempo completo y con establecer -en el marco de su autonomía- el per fi l docente para cada una de las asignaturas de los programas que conforman su oferta educativa, evidenciando, que la totalidad de su plana docente cumple con los per fi les establecidos para el dictado de los cursos a los que fueron asignados para