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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (14/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva dispone que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, esto es, lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones vigente. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el citado documento y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el numeral 6.1.9 de la Directiva establece que la entidad pública, en su portal de transparencia, publica el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 6.1.10. de la Directiva precisa que las modi fi caciones que se den en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicha Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva; Que, el numeral 6.1.11. de la Directiva re fi ere que las modi fi caciones realizadas al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) en el transcurso del año fi scal deben ser compendiadas y formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de cada año fi scal mediante resolución del (de la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; y, en el mismo sentido, de acuerdo al literal h) del numeral 5.1. de la Directiva, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el artículo 11 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, establecen que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0692-2022-RE, publicada el 28 de octubre de 2022, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, modi fi cado posteriormente a través de las Resoluciones de Secretaría General Nº 0283-2024-RE, Nº 0461-2024-RE y Nº 0161- 2025-RE, publicadas el 14 de marzo de 2024, el 4 de abril de 2024 y el 13 de marzo de 2025, respectivamente; Que, a través del Informe (ORH) Nº 054-2025, adjunto al Memorándum Nº ORH011752025, la O fi cina General de Recursos Humanos sustenta y propone modi fi car el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo referido a la clasi fi cación y sigla del cargo estructural de “Especialista en Comunicación” (Nº 62, previsto en la página 77), cuya nueva fi cha técnica, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución; Que, mediante Informe ORM Nº 49/2025, de la O fi cina de Racionalización y Métodos, adjunto al Memorándum Nº OPP014592025, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en la Directiva. Asimismo, la O fi cina General de Asuntos Legales, a través del Memorándum Nº LEG011682025, mani fi esta su opinión legal favorable referida a la modi fi cación del citado documento de gestión; Con los visados de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Directiva Nº 006-2021-SERVIRGDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación Se modi fi ca el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado con Resolución de Secretaría General Nº 0692-2022-RE, modi fi cado con las Resoluciones de Secretaría General Nº 0283-2024-RE, Nº 0461-2024-RE y Nº 0161-2025-RE, en lo referido a la clasi fi cación y sigla del cargo estructural de “Especialista en Comunicación” (Nº 62, previsto en la página 77), cuya nueva fi cha técnica, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Se encarga a la O fi cina de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la O fi cina General de Comunicación, la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree) en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano gob. pe (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ERIC ANDERSON MACHADO Secretario General 2408974-1 SALUD Decreto Supremo que aprueba el Reglamento la Ley N° 31756, Ley que promueve la donación de órganos y tejidos humanos para trasplante con fines terapéuticos DECRETO SUPREMO Nº 009-2025-SA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; y que, la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es de responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 108 de la citada Ley señala que la muerte pone fi n a la persona. Se considera ausencia