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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (17/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 17 de junio de 2025 El Peruano / Administración, Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2408402-1 Ratifican acuerdo y autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Piura a Rusia, para participar como ponente en evento a realizarse en Rusia UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0367-CU-2025 Piura, 13 de junio del 2025VISTO:El Expediente N° 000162-3202-25-6 que contiene el O fi cio N° 0359-2025-D.FC/UNP del 02.Jun.2025 que presenta el Dr. José del Carmen Silva Mechato, Decano de la Facultad de Ciencias solicitando autorización para viajar al exterior, el otorgamiento de licencia con goce de haber, viáticos y otros a favor del docente Dr. Roberto Mendoza Rendón. Asimismo, el O fi cio N° 426-2025-UNP- URH-ANYC del 03.Jun.2025, el O fi cio N° 2329-J-URH- UNP-2025 del 05.Jun.2025, el Memorándum N° 1254-2025-UP-OPYPTO-UNP del 06.Jun.2025, el Informe Legal N° 764-2025-OCAJ-UNP del 09.Jun.2025, el O fi cio N° 2539-R-UNP-2025 del 10.Jun.2025, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(…) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (…)”; Que, mediante Ley N° 13531 del 03.Mar.1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fi nes se encuentran estipulados en el Artículo 8° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.2014 (Ley N° 30220 - Ley Universitaria); Que, el Artículo 8° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, prescribe: “(…) La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; asimismo, los numerales 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo y 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fi jar el destino de sus recursos propios directamente recaudados, mani fi esta los regímenes de su autonomía; Que, mediante O fi cio N° 0359-2025-D.FC/UNP del 02.Jun.2025, el Dr. José del Carmen Silva Mechato, Decano de la Facultad de Ciencias comunica al Titular del Pliego, los siguientes acuerdos:• Acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria N° 006- 2025 del Departamento Académico de Ciencias Biológicas del 30.May.2025, cuyo tenor es como sigue: “1. APOYAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL DOCENTE DR. ROBERTO MENDOZA RENDON, DOCENTE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS, PARA QUE PARTICIPE COMO PONENTE EN LAS CHARLAS RELACIONADAS A “RETOS DE LA EXPORTACIÓN DEL PUERTO DE CHANCAY Y LOS PRODUCTOS NATIVOS DEL PERÚ”, QUE SE REALIZARÁ EN LA UNIVERSIDAD DE RUSIA DE LA AMISTAD DE LOS PUEBLOS “PATRICIO LUMUNBA” MOSCÚ - RUSIA DEL 20 AL 30 DE JUNIO DE 2025. 2. SOLICITAR SE LE CONCEDA LICENCIA CON GOCE DE HABER, DEL 20 AL 30 DE JUNIO DE 2025. PASAJES - PIURA-LIMA RUSIA (IDA Y VUELTA), ASI COMO LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS PARA SU ESTADÍA EN LA MENCIONADA CIUDAD. 3. QUE LA CARGA ACADÉMICA DURANTE SU AUSENCIA DEL DOCENTE, SERÁ ASUMIDA POR EL DOCENTE, DR. HENRY ROBLES CUEVA, DE ACUERDO A LA CARTA DE COMPROMISO QUE SE ADJUNTA.” • Acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria N°003-2025 de Consejo de Facultad de Ciencias del 30.May.2025, cuyo tenor es como sigue: “1. APROBAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL DOCENTE DR. ROBERTO MENDOZA RENDON, DOCENTE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS, PARA QUE PARTICIPE COMO PONENTE EN LAS CHARLAS RELACIONADAS A “RETOS DE LA EXPORTACIÓN DEL PUERTO DE CHANCAY Y LOS PRODUCTOS NATIVOS DEL PERÚ”, QUE SE REALIZARÁ EN LA UNIVERSIDAD DE RUSIA DE LA AMISTAD DE LOS PUEBLOS “PATRICIO LUMUNBA” MOSCÚ - RUSIA DEL 20 AL 30 DE JUNIO DE 2025. 2. SOLICITAR SE LE CONCEDA LICENCIA CON GOCE DE HABER, DEL 20 AL 30 DE JUNIO DE 2025. PASAJES - PIURA - LIMA-RUSIA (IDA Y VUELTA), ASI COMO LOS VIÁTICOS RESPECTIVOS PARA SU ESTADÍA EN LA MENCIONADA CIUDAD. 3. QUE LA CARGA ACADÉMICA DURANTE SU AUSENCIA DURANTE LA AUSENCIA DEL DOCENTE, SERÁ ASUMIDA POR EL DOCENTE, DR. HENRY ROBLES CUEVA, DE ACUERDO A LA CARTA DE COMPROMISO QUE SE ADJUNTA. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD” Que, el Artículo 88° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, establece los derechos del docente, señalando: “88.7 Tener licencias con o sin goce de haber con reserva de plaza, en el sistema universitario.” en concordancia con el Artículo 268° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, que dispone lo siguiente: “Los docentes gozan de los siguientes derechos: 268.16. Recibir facilidades necesarias para la asistencia a congresos, certámenes cientí fi cos, programas recreacionales. (…) 268.19. Licencia con goce de haber en comisión de servicios para asistir a cursos de capacitación y/o perfeccionamiento relacionado con su especialidad”; Que, asimismo el Artículo 192° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, dispone como atribución y obligación del Consejo de Facultad: “192.13. Conceder licencia al personal docente y no docente de la facultad, hasta por tres (03) meses.”; Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, que irroguen gasto al Tesoro Público. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (Modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM), se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalando lo siguiente: • “Sobre el Ámbito de la Aplicación de dichas normas, se tiene que el Art. 1° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, indica que la autorización de viajes al exterior de