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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (17/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 17 de junio de 2025 El Peruano / Que, teniendo en cuenta la fecha de inicio del presente acto administrativo, resulta necesario aplicar el numeral 7.1, artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS19, que señala: “Régimen de los actos de administración interna. Los actos de administración interna se orientan a la e fi cacia y efi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades (..)”. En concordancia, con el numeral 17.1, artículo 17° del precitado Texto Único Ordenado, que indica: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, conforme a lo dispuesto en el literal u), concordante con el literal x) del artículo 9° del ROF - INEN, la Jefatura Institucional tiene como una de sus funciones, “autorizar los encargos o asignaciones de funciones para los cargos directivos”; siendo así, con la fi nalidad de no afectar el normal desenvolvimiento de las actividades administrativas y funcionales de la O fi cina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa, resulta conveniente designar a la referida profesional que realizará dichas funciones, expidiéndose para tal efecto el acto resolutivo correspondiente; Que, con documento de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, encuentra viable lo requerido en el presente caso; Contando con el visto bueno de la Sub Jefatura Institucional; Gerencia General; O fi cina General de Administración; O fi cina de Recursos Humanos y O fi cina de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas en el ROF - INEN, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2007-SA; y, de conformidad a la Resolución Suprema N° 016-2022-SA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar en el puesto de Directora Ejecutiva de la O fi cina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, a la servidora Econ. Alicia Teresa Tapia Gonzáles, con e fi cacia anticipada a partir del 5 de junio de 2025. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 143-2025-J/INEN, de fecha 08 de mayo de 2025, que resolvió designar temporalmente a la servidora Econ. Alicia Teresa Tapia González, las funciones de Directora Ejecutiva de la O fi cina de Proyectos de Inversión y Cooperación Externa del INEN. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital única del Estado Peruano (www. gob.pe), y en el portal institucional de la entidad (www. inen.sld.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO E.M. BERROSPI ESPINOZA Jefe Institucional 2410092-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Delegan facultades a el(la) Jefe(a) de la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional del INS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000063-2025-INS/PE Jesús María, 16 de junio de 2025VISTO: El Proveído Nº000082-2025-INS/OAJ e Informe Nº 000023-2025-INS/OAJ-SEMA de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1504 que fortalece al Instituto Nacional de Salud (INS) para la prevención y control de las enfermedades, el INS es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y fi nanciera en el ejercicio de sus atribuciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, se convoca a elecciones generales el 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, el artículo 192 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones señala que, queda suspendida, desde la fecha de convocatoria de las elecciones, la realización de publicidad estatal en cualquier medio de comunicación público o privado, salvo el caso de impostergable necesidad o utilidad pública, dando cuenta de los avisos publicados al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial, según corresponda; Que, el numeral 23.1 del artículo 23 y el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el Diario O fi cial “El Peruano”, establece que el Titular del pliego puede delegar la presentación del formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión y el formato de reporte posterior de publicidad estatal, al Jurado Electoral Especial; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, en el artículo 9 y los literales g) y w) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INS, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2023-PE/INS, se señala que el Presidente Ejecutivo es el titular del pliego, se encarga de emitir resoluciones en los asuntos de su competencia y delega las funciones no privativas de la presidencia ejecutiva cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los límites legales; Que, en el marco de las mencionadas disposiciones, a efectos de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la entidad, se considera necesario delegar a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional, la presentación de los referidos formatos ante el Jurado Electoral Especial; Con los vistos de los Jefes de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional; y, del Gerente General del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con el numeral 23.1 del artículo 23 y el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE; de conformidad con lo señalado en el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, en el artículo 9 y los literales g) y w) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2023-PE/INS;