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6 NORMAS LEGALES Lunes 23 de junio de 2025 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Otorgan a Music Securities Inc. y Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco, autorización de organización de sociedad administradora de plataforma de financiamiento participativo financiero, que se denominará Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN Nº 2-2025-SMV/12.1 Lima, 13 de junio de 2025El Intendente General de Investigación e InnovaciónVISTOS:El expediente N° 2025018375, referido a la solicitud de autorización para organizar una sociedad administradora de plataforma de fi nanciamiento participativo fi nanciero, cuya denominación será Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C., así como el Informe N° 802-2025-SMV/12.1 del 13 de junio de 2025; CONSIDERANDO:Que, mediante escrito de fecha 25 de abril de 2025, Music Securities Inc. y Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de plataforma de fi nanciamiento participativo fi nanciero que se denominará Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C., pudiendo utilizar la denominación abreviada Securite PFPF S.A.C.; Que, de acuerdo con la información presentada, los organizadores mencionados en el párrafo precedente tendrán una participación accionaria de 90% y 10%, respectivamente, en el capital social de Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C.; Que, de la evaluación de la documentación presentada se advierte que los organizadores de Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C, han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización establecidos en los artículos 7 y 8 del Reglamento de la Actividad del Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 045-2021-SMV/02 (en adelante, Reglamento), tal como se desarrolla en el Informe N° 802-2025-SMV/12.1 de la Intendencia General de Investigación e Innovación; Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la organización de la referida sociedad administradora de plataforma de fi nanciamiento participativo fi nanciero ni a las personas que la organizaran, dentro del plazo establecido por el artículo 8 del Reglamento, corresponde otorgar la autorización solicitada; Estando a lo dispuesto por el Título IV del Decreto de Urgencia N° 013-2020, mediante el cual el Poder Ejecutivo aprobó medidas que promueven el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; en el Capítulo I del Título II del Reglamento; así como lo dispuesto en el numeral i), del inciso 11, del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar a Music Securities Inc. y Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco, la autorización de organización de una sociedad administradora de plataforma de fi nanciamiento participativo fi nanciero que será denominada Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C. Artículo 2°.- La autorización de organización a que se re fi ere el artículo precedente tendrá una vigencia improrrogable de un (01) año a partir de su noti fi cación a los organizadores. Artículo 3°.- La presente resolución no faculta a Securite Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero S.A.C. para realizar la actividad de fi nanciamiento participativo fi nanciero. Para ello, deberá obtener previamente la respectiva autorización de funcionamiento por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles. Artículo 5°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores, en la plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv). Artículo 6°.- Notifi car la presente resolución a Music Securities Inc. y Cooperativa de Ahorro y Crédito Abaco en calidad de organizadores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN MANUEL SOTELO GARCÍA Intendente General de Investigación e Innovación (e)Superintendencia Adjunta de Investigación,Desarrollo e Innovación 2410886-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Tributos Internos Cusco RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 000022-2025- SUNAT /700000 Lima, 6 de junio de 2025 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN DE EJECUTOR COACTIVO DE LA INTENDENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS CUSCO CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000044-2024-SUNAT/700000, se designó a la servidora Lucero De Esperanza Pinedo Espinoza como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Cusco; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación mencionada en el considerando precedente; En uso de la facultad conferida por el literal i) del artículo 12 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas