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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (23/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 23 de junio de 2025 El Peruano / y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040- 2023-EF y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como Ejecutor Coactivo de la servidora LUCERO DE ESPERANZA PINEDO ESPINOZA, encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Cusco, dándosele las gracias por la labor realizada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER EDUARDO FRANCO CASTILLO Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos 2411490-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Modifican la Resolución N° 0128-2025-JNE, en el extremo que fijó la fecha de instalación de 55 Jurados Electorales Especiales de las Elecciones Generales 2026 RESOLUCIÓN N° 0237-2025-JNE Lima, 19 de junio de 2025VISTOS: el Informe N° 000160-2025-DNFPE/JNE, del 10 de junio de 2025, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, y el Informe N° 000089-2025-DGPID/JNE, del 14 de junio de 2025, de la ex Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, ahora O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con el análisis y la propuesta para la instalación anticipada de los Jurados Electorales Especiales (JEE) correspondientes al proceso de Elecciones Generales 2026. ANTECEDENTES 1. El proceso de Elecciones Generales 2026, para la elección del Presidente y Vicepresidentes de la República, así como de los senadores, diputados y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, correspondientes al periodo 2026-2031, fue convocado mediante el Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025. 2. Con la Resolución N° 0128-2025-JNE, del 3 de abril de 2025, se de fi nieron los 60 JEE para la impartición de justicia electoral en primera instancia en el proceso de Elecciones Generales 2026, así como sus respectivas sedes y las fechas de instalación de estos. 3. Así, el 25 de abril de 2025, se instalaron cinco JEE –Lima Centro 1, Arequipa 1, Chiclayo, Huancayo y San Martín–, a los cuales se otorgó la competencia para conocer expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad y encuestas electorales, en todo el territorio de la República, en tanto se instalen los otros 55 JEE, lo cual se previó para el 17 de noviembre de 2025. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con lo señalado en el informe de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, en el caso del JEE de Lima Centro 1, desde su instalación, el 25 de abril de 2025, hasta el 4 de junio de 2025 –fecha en que se recabó información–, se ha registrado el ingreso de 513 expedientes sobre publicidad estatal solo en lo que se re fi ere a Lima Metropolitana; haciéndose la precisión de que la muestra estudiada no comprende los departamentos de Ancash, Ica y Ayacucho; tampoco la Provincia Constitucional del Callao ni las otras provincias del departamento de Lima, sobre las que tiene competencia dicho JEE, en virtud de la Resolución N° 0128-2025-JNE. 2. El referido informe contiene, además, la proyección de expedientes sobre publicidad estatal a generarse a escala nacional, debido a publicaciones realizadas en redes sociales institucionales, con un número que superaría los 15 000 expedientes. 3. Actuando en el marco del literal l, del artículo 5 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, que señala que es función de este organismo electoral dictar las resoluciones necesarias para su funcionamiento, en este caso, el funcionamiento de los JEE, es de verse que ante la situación descrita en los numerales precedentes de esta resolución, la adecuada respuesta es procurar la pronta instalación de un mayor número de JEE que permita atender en tiempo oportuno la demanda de pronunciamientos referidos, principalmente, a expedientes sobre publicidad estatal que se inician una vez convocado el proceso electoral. En esa línea, se cuenta con el informe de la ex Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, ahora O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que plantea la posibilidad de que los JEE se instalen, un grupo el 29 de agosto de 2025, y otro grupo, el 30 de setiembre de 2025, ello, considerando los requerimientos logísticos para el acondicionamiento de los locales y otros aspectos necesarios que garanticen las óptimas condiciones para la instalación de estos órganos de justicia electoral. 4. Es necesario hacer precisiones para el caso del JEE de Cajamarca previsto para las Elecciones Generales 2026, debido a que se ha generado un escenario excepcional en el departamento de Cajamarca, en el cual, actualmente, se viene desarrollando el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, que cuenta con su respectivo JEE de Cajamarca, instalado el 15 de mayo de 2025, con competencia para conocer expedientes de publicidad estatal producida en las provincias a las que pertenecen los distritos comprendidos en esta elección, hasta el 28 de setiembre de 2025 –fecha de los comicios complementarios–. Cabe indicar que este JEE permanecerá en actividad hasta la entrega de credenciales de las autoridades que se elijan en los distritos de Pion (provincia de Chota, departamento de Cajamarca) y Ninabamba (provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca), lo cual sucederá una vez que queden fi rmes las correspondientes proclamaciones de resultados de cómputo y de candidatos electos. Debido a lo señalado en el párrafo precedente, el JEE de Cajamarca previsto para las Elecciones Generales 2026 se instalará en la fecha que fue fi jada en la Resolución N° 0128-2025-JNE, esto es, el 17 de noviembre de 2025. Actualmente, el JEE de Chiclayo, instalado el 25 de abril de 2025, tiene competencia para conocer los expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad y encuestas electorales, en el marco de las Elecciones Generales 2026, en todo el departamento de Cajamarca, de conformidad con la Resolución N° 0128-2025-JNE, lo cual deberá mantenerse hasta la instalación de los JEE de Chota y de Jaén, pues estos tienen de fi nido su ámbito de competencia territorial en la citada resolución. Una vez instalados estos dos JEE, el JEE de Chiclayo mantendrá competencia respecto de los expedientes de alcance regional de Cajamarca y los correspondientes a las provincias de Cajamarca, Cajabamba, Celendín, San Marcos, Contumazá, San Miguel y San Pablo, hasta la instalación del JEE de Cajamarca. 5. Finalmente, se precisa que el JEE de Lima Centro 2, cuya competencia está vinculada a la circunscripción de peruanos residentes en el extranjero, se instalará el 17 de noviembre de 2025, conforme a lo programado en la Resolución N° 0128-2025-JNE.