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28 NORMAS LEGALES Martes 24 de junio de 2025 El Peruano / En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 00074-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 19 de junio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal con efectividad al 1 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Ninoska Pickmann Flores, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 2º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1893-2019-MP-FN, 846-2021-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 1136-2025-MP-FN, de fechas 25 de julio de 2019, 9 de junio de 2021, 30 de diciembre de 2024 y 14 de abril de 2025, respectivamente; a partir del 1 de julio de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Ninoska Pickmann Flores que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones, realice la gestión correspondiente a fi n de que la abogada Ninoska Pickmann Flores, contratada a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2412407-2 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1898-2025-MP-FN Lima, 23 de junio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 001454-2025-MP-FN-PJFSCAÑETE, de fecha 18 de junio de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, por el cual se remite y expresa conformidad a la carta de fecha 17 de junio de 2025, suscrita por la abogada María Ysabel Córdova Chávez, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designada en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Cañete, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En la carta suscrita por la citada abogada, señala como último día de labores el 22 de junio de 2025 y solicita la exoneración del plazo de anticipación de renuncia previsto en la ley, decisión comunicada a su jefe inmediato, cumpliendo con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales) . El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “ La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción” . En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 00108-2025-MP-FN-OREF-DEEC, de fecha 19 de junio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la citada abogada, con e fi cacia anticipada a partir del 23 de junio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada María Ysabel Córdova Chávez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Cañete; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1318-2016-MP-FN, 135-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 23 de marzo de 2016, 29 de enero de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, con e fi cacia anticipada a partir del 23 de junio de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada María Ysabel Córdova Chávez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2412407-3