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29 NORMAS LEGALES Martes 24 de junio de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal N° 746-2024-MDEA que aprueba las secciones viales normativas de las Calles de la Cooperativa La Primavera y la Asociación de Vivienda Los Jardines de San José, del distrito de El Agustino, provincia de Lima, departamento de Lima ORDENANZA N° 767-2025- MDEA El Agustino, 12 de junio de 2025POR CUANTO:El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Ordinaria de la fecha y; VISTO: El Memorando N°048-2025-SGEP(e)- GDUR/MDEA, emitido por la Subgerencia de Estudios y Proyectos; el Informe N° 415-2025-SGIP-GDUR/MDEA, emitido por la Subgerencia de Infraestructura Pública y Ornato; el Informe N° 109 y N° 113-2025-GDUR/MDEA, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 265-2025-OGAJ-MDEA, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica y Estado Civil; el Memorándum N° 1068-2025-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200 inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, según el numeral 3.6.2 del artículo 79 de la citada ley en el párrafo anterior, establece que es función especí fi ca y exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fi scalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia; Que, de acuerdo con el artículo 73 de la Ley referida en los párrafos precedentes, se establece las materias de competencia con carácter exclusivo o compartido entre municipalidades provinciales y distritales. Asumen y ejercen las señaladas en el Capítulo Il referido al Acondicionamiento Territorial y Viabilidad como parte de su función de Organización del espacio físico y uso del suelo; Que, mediante la Ordenanza N° 341-MML se actualiza el sistema vial metropolitano que de fi ne la estructura vial del área Metropolitana y Callao, la clasi fi cación de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, vías locales. Asimismo, el artículo 5 de la referida ordenanza, modi fi cada por la Ordenanza N° 786-MML, señala que (...) corresponde a las municipalidades distritales la de fi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Locales de su circunscripción; Que, mediante el Memorando N° 048-2025-SGEP(e)- GDUR/MDEA, la Subgerencia de Estudios y Proyectos informó que el nuevo diseño aprobado por el área es a base de la solicitud de la Comisión Vecinal, por ello, las nuevas secciones viales se ha considerado que la calzada en la calle 23 de setiembre y calle las violetas contemplen la medida de 9.50 m (en doble sentido), ya que existe ingreso masivo de vehículos en las zonas a ejecutar; Que, mediante el Informe N° 415-2025-SGIP-GDUR/ MDEA, la Subgerencia de Infraestructura Pública y Ornato informó a la Gerencia de Desarrollo Urbano respecto al nuevo diseño citado en el párrafo anterior; Que, mediante el Informe N° 109-2025-GDUR/MDEA, la Gerencia de Desarrollo Urbano informó a la Gerencia Municipal que el nuevo diseño propuesto de los planos de la calle 23 de Setiembre y la calle Las Violetas, que contemplan una medida de 9.50 metros de ancho en doble sentido de circulación, debe ser rati fi cado mediante la modi fi cación de la Ordenanza N° 746-2024-MDEA; Que, mediante Informe N° 113-2025-GDUR/MDEA, la Gerencia de Desarrollo Urbano remitió el proyecto de ordenanza para la modi fi cación de la Ordenanza N° 746- 2024-MDEA; Que, mediante el Informe N° 265-2025-OGAJ-MDEA, la O fi cina de Asesoría Jurídica y Estado Civil emitió opinión favorable a la modi fi cación de la Ordenanza N° 746-2024-MDEA, que aprobó las secciones viales de las calles de la Cooperativa La Primavera y la Asociación de Vivienda Los Jardines de San José, del distrito de El Agustino; Que, mediante Memorándum N° 1068-2025-GM- MDEA, la Gerencia Municipal remitió los actuados relacionados a la modi fi cación de la Ordenanza N° 746-2024-MDEA, que aprueba las secciones viales normativas de las calles de la Cooperativa La Primavera y la Asociación de Vivienda Los Jardines de San José, del distrito de El Agustino, Provincia de Lima, Departamento de Lima a la O fi cina General de Secretaría, a fi n de que se eleve al Concejo Municipal para su aprobación. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9, así como en los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 746-2024- MDEA QUE APRUEBA LAS SECCIONES VIALES NORMATIVAS DE LAS CALLES DE LA COOPERATIVA LA PRIMAVERA Y LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS JARDINES DE SAN JOSE, DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA. Artículo 1.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza N° 746-2024-MDEA que aprueba las secciones viales de las Calles de la Cooperativa La Primavera y la Asociación de Vivienda Los Jardines de San José, del distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima, según el Anexo 1, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Estudios y Proyectos y Subgerencia de Infraestructura Pública y Ornato, el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 3.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y, a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y el Anexo