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108 NORMAS LEGALES Sábado 1 de marzo de 2025 El Peruano / al fortalecimiento institucional y fi nanciamiento de los servicios públicos que se brindan a favor de la comunidad; Que, mediante Informe N°073-2025-SGR-GAT/ MDC de fecha 13 de febrero de 2025, la Subgerencia de Recaudación presenta el proyecto de Ordenanza que otorga incentivos tributarios con carácter excepción a los contribuyentes del distrito de Comas que cumplan con cancelar el impuesto predial del año 2025, señalando que la Ordenanza cumple con las formalidades legales establecidas para su aprobación, a la vez que no modi fi ca la estructura presupuestal del presente año 2025. Asimismo, señala que la propuesta normativa resulta oportuna dentro de la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país, generando la necesidad de establecer estrategias que coadyuven a otorgar bene fi cios tributarios a los vecinos de Comas, a fi n de otorgarles facilidades que promuevan el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias que a la fecha mantengan con la municipalidad; Que, con Informe N°037-2025-SGFT-GAT/MDC de fecha 11 de febrero de 2025, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria informe a la Gerencia de Administración Tributaria que el proyecto de Ordenanza cumple con las formalidades legales establecidas para su aprobación, a la vez que no modi fi ca la estructura presupuestal del presente año 2025; Que, por Informe N°005-2025-GAT/MDC de fecha 13 de febrero de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria informa a la Gerencia Municipal que los informes de la Subgerencia de Recaudación y Subgerencia de Fiscalización Tributaria cuentan con la opinión favorable de su Gerencia, respecto al proyecto de Ordenanza que otorga incentivos tributarios con carácter excepción a los contribuyentes del distrito de Comas que cumplan con cancelar el impuesto predial del año 2025, cuyo vencimiento es el 31 de marzo, salvo disposición mediante Decreto de Alcaldía. Que, mediante Informe Nº032-2025-OGPP/MDC de fecha 17 de febrero de 2025, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, señala a la Gerencia Municipal que el proyecto de Ordenanza que otorga bene fi cios e incentivos tributarios con carácter excepcional a los contribuyentes del distrito de Comas, que cumplan con realizar el pago del Impuesto Predial del Ejercicios Fiscal 2025, tiene como objetivo establecer un régimen de incentivos tributarios que induzcan a los contribuyentes al pago de sus obligaciones tributarias, y permita reducir los saldos por cobrar y sincerar la base tributaria de la Corporación Municipal, de modo que bene fi ciaria aun gran número de contribuyentes que tienen deudas pendientes del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales con la Municipalidad Distrital de Comas, por lo que concuerda con la opinión favorable emitida por la parte técnica de su Gerencia, por lo que sugiere continúe su trámite para su correspondiente aprobación; Que, con Informe Nº190-2025-OGAJ/MDC de fecha 17 de febrero de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que estima que resulta viable la aprobación del proyecto de “Ordenanza que otorga Bene fi cios e Incentivos Tributarios de carácter Excepcional a los contribuyentes del distrito de Comas que cumplan con el pago de Impuesto Predial del año 2025”, cuyo vencimiento es el 31 de marzo de 2025, siendo que, dicho proyecto de ordenanza propuesto por la Subgerencia de Recaudación y Subgerencia de Fiscalización Tributaria, resulta conveniente para brindar a los contribuyentes las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, estableciendo el monto mínimo a pagar por concepto de impuesto predial y fechas de vencimiento para el pago de sus tributos. Toda vez que dicho proyecto de Ordenanza no contraviene dispositivo legal alguno, encontrándose dentro de marco legal; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas por el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N°27972, Orgánica de Municipalidades, y luego de la respectiva deliberación y evaluación con el voto por Unanimidad de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS CON CARÁCTER EXCEPCIONAL A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE COMAS, QUE CUMPLAN CON REALIZAR EL PAGO TOTAL DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2025 Artículo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo establecer un régimen de incentivos tributarios que induzcan a los contribuyentes al pago de sus obligaciones tributarias y permita reducir los saldos por cobrar y sincerar la base tributaria. Artículo Segundo.- ALCANCES Podrán acogerse a la presente ordenanza las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas que tengan obligaciones tributarias en el distrito de Comas, incluyendo las deudas coactivas (ver excepcionalidad). Artículo Tercero.- BENEFICIOSA. CONDONACIÓN:- Condonación del 100% de intereses moratorios y reajustes generados por la deuda pendiente de pago, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales. - Condonación del 100% de las costas y gastos generados como producto de la cobranza coactiva de deudas tributarias B. PAGO DE DEUDA TOTAL: El contribuyente debe cancelar toda su deuda al contado, incluyendo el ejercicio 2025 (Todo impuesto Predial, Costo de Emisión y Arbitrios Municipales), por lo cual se le condonará el 100% de intereses, reajustes, moras, costas y/o gastos, y adicionalmente se descontará los Arbitrios Municipales de acuerdo al siguiente cuadro: CONCEPTOAÑO DE LA DEUDA% DESCUENTO EN EL MONTO INSOLUTO Uso casa habitación% DESCUENTO EN EL MONTO INSOLUTO Otros usos ARBITRIOS MUNICIPALES2024 – 2023 50% 40% 2022 – 2021 60% 50% 2020 – 2019 70% 60% 2018 – 2017 80% 70% 2016 y años anteriores90% 80% Arbitrios Municipales del ejercicio 2025: Uso casa habitación: 20%, y Otros usos: 15% de descuento del monto insoluto. C. PAGO PARCIALES: El contribuyente que cancele al contado el ejercicio 2025 (Todo impuesto Predial, Costo de Emisión y Arbitrios Municipales), se le condonará el 100% de intereses, reajustes, moras, costas y/o gastos, y adicionalmente podrá cancelar con un descuento del 20% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales. D. MULTAS TRIBUTARIAS:- Condonar el 100% de intereses y moras, como incentivo al pago del insoluto de las Resoluciones de Determinación. - El contribuyente cancelando la Resolución de Determinación del mismo ejercicio, obtendrá descuento en la Multa Tributaria de acuerdo a la siguiente escala progresiva: Periodo de la multa tributariaDescuento sobre el monto insoluto de la Multa Tributaria 2025 90% 2024 y anteriores 95%