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13 NORMAS LEGALES Viernes 7 de marzo de 2025 El Peruano / Fondo de Asistencia y Estímulo, en lo que no hayan sido modi fi cados o no resulten incompatibles con lo dispuesto en el referido decreto de urgencia; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000095- 2023-MC, se constituye el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE-MC, para el periodo del 17 de marzo de 2023 al 17 de marzo de 2025; reconformado a través de las Resoluciones Ministeriales N° 000231-2023-MC, N° 000326-2023-MC, N° 000337-2023-MC, N° 000100-2024-MC y N° 000330-2024-MC; Que, mediante el Informe N° 001-CE-CAFAE- MC-2025, la presidenta del Comité Electoral del CAFAE del Ministerio de Cultura comunica a la Directora General de la O fi cina General de Recursos Humanos el resultado de la elección de los representantes, titulares y suplentes, de los representantes de los trabajadores ante el CAFAE - MC, periodo 2025-2027; Que, mediante el Informe N° 000086-2025-OGRH- SG/MC, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que, estando próximo al término del periodo del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE - MC y conforme a lo informado por la presidenta del Comité Electoral CAFAE - MC, corresponde la emisión de la resolución ministerial en la cual se constituya el referido Comité; Que, en tal sentido, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben ajustarse las organizaciones del Sector Público Nacional para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo” y sus modi fi catorias, se estima conveniente emitir el acto resolutivo a través del cual se constituya el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura CAFAE- MC, para el periodo del 18 de marzo de 2025 hasta el 18 de marzo de 2027; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben ajustarse las organizaciones del Sector Público Nacional para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo” y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Constituir el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE - MC, para el periodo del 18 de marzo de 2025 al 18 de marzo de 2027, el mismo que queda integrado por las siguientes personas: - INDRIA STEPHANY ZUÑIGA BARRIOS, Directora de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Tesorería, como representante del Titular del Pliego del Ministerio de Cultura, quien lo preside. - CARLA MAGALY SALAS CHACÓN, Directora de Sistema Administrativo IV de la O fi cina General de Recursos Humanos, quien actúa como Secretaria del Comité. - VERÓNICA CONSUELO BALDOCEDA SÁNCHEZ, Directora de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Contabilidad, quien actúa como Tesorera del Comité. - Tres representantes de los trabajadores:Representantes Titulares:• RAMÓN OSWALDO HIDALGO SOTELO • FERNANDO ELMER HERRERA GARCÍA• MANUEL RESURRECCIÓN LÓPEZ RODRÍGUEZ Representantes Suplentes:• RUBÉN JARAMILLO ARÉVALO • RICARDO FAUSTO FALCÓN CHANG• JUAN HIPÓLITO AYALA SANTILLANAArtículo 2.- Notifi car la presente resolución a los miembros del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE - MC constituido en el artículo precedente, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. La presente resolución se publica en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2377318-1 Delegan a funcionario la facultad de emitir y entregar diplomas de honor, y otros signos distintivos, en el marco de concursos y/o premios organizados por el Ministerio de Cultura, para el fomento de la industria editorial, durante el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000041-2025-MC San Borja, 4 de marzo del 2025 VISTOS: el Proveído Nº 001641-2025-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Industrias Culturales y Artes; los Informes Nº 000094-2025-DGIA-VMPCIC/ MC y Nº 000111-2025-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 000321-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000215-2025-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación Nº 00090-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 5 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, dispone que éste es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fi scalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura; Que, los literales c) y d) del artículo 7 de la citada Ley Nº 29565, establecen que son funciones exclusivas del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno, fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fi nes, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población de la misma, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fi nes del sector; así como, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;