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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / ATU/DFS-SS elaborado por la Subdirección de Sanción, en el que se determina el monto que corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, a través del Memorando Nº D-000387-2025-ATU/ GG-OA, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D-000272-2025-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería, a fi n de solicitar su opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, por la suma de S/ 102,635.25 (Ciento Dos Mil Seiscientos Treinta y Cuatro y 25/100 Soles), correspondiente a la primera liquidación - 2025, en el marco del literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, con Informe Nº D-000025-2025-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a la Nota Nº D-000059-2025-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la primera liquidación - 2025, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE, recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2025-ATU/PE; y, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, modi fi cada por Resolución Directoral Nº 0001-2025- EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma de S/ 102,635.25 (Ciento Dos Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 25/100 soles), correspondiente a la primera liquidación - 2025, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas, conforme a lo establecido en el literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y al Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 203 Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: ATU, Programa Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 102,635.25 (Ciento Dos Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 25/100 soles).Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección de Fiscalización y Sanción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución. Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo ANEXO DETALLE DE LA PRIMERA LIQUIDACIÓN - 2025 A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES (Según INFORME Nº D-000272-2025-ATU/GG-OA-UT) Nº MUNICIPALIDAD % DE DISTRIBUCIÓN A LA MUNICIPALIDAD MONTO TOTAL A TRANSFERIR 1 CARABAYLLO 70% S/ 1,802.50 2 INDEPENDENCIA 50% S/ 1,287.50 3 JESÚS MARÍA 50% S/ 2,625.00 4 LA MOLINA 70% S/ 7,537.25 5 MIRAFLORES 70% S/ 7,607.25 6 SAN BORJA 50% S/ 4,012.50 7 SAN ISIDRO 50% S/ 47,398.75 8 SAN JUAN DE MIRAFLORES 70% S/ 3,300.50 9 SAN LUIS 50% S/ 1,337.50 10 SAN MARTÍN DE PORRES 70% S/ 2,059.75 11 SAN MIGUEL 50% S/ 2,675.00 12 SANTIAGO DE SURCO 70% S/ 17,220.00 13 SURQUILLO 50% S/ 1,337.50 14 VENTANILLA 70% S/ 561.75 15 VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 70% S/ 1,872.50 TOTAL S/ 102,635.25 2378547-1 Modifican la R.D. N° D-000001-2025-ATU/ DIR en lo referente al plazo de entrada en vigencia de las especificaciones técnicas de señaléticas y elementos informativos internos y externos, para vehículos habilitados RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN DE TRANSPORTE URBANO Y RECAUDO Nº D-000007-2025-ATU/DIR Lima, 3 de marzo de 2025VISTOS:El Informe Nº D-000070-2025-ATU/DIR-SR, emitido por la Subdirección de Regulación;