Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2025 (08/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Sábado 8 de marzo de 2025 El Peruano / El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales)”. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo n° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de esta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto precisa que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral N° 001-93-INAP/ DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente (…)”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Mónica Paola Evangelista Zevallos, en su cargo de fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro; en consecuencia, designarla conforme a su título de nombramiento, esto es de fi scal adjunta provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Consiguientemente, estando a lo expuesto y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, al encontrarse vacante una plaza de fi scal adjunto provincial en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, resulta oportuno nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo en mención y por necesidad de servicio, destacarlo a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Asimismo, dada la necesidad de servicio antes mencionada se ha considerado destacar a personal fi scal a la referida fi scalía suprema, a fi n de coadyuvar con la carga procesal y con la atención de los casos complejos que en la misma se tramitan; todo ello, en mérito al marco normativo antes citado, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe N° 00027-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 28 de febrero de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Mónica Paola Evangelista Zevallos, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos; por consiguiente, dejar sin efecto su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2965-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Artículo Segundo.- Dar por concluido el destaque de la abogada Ann Mary Zacarías Rivera, fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro -designada en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro- a la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 369-2025-MP-FN, de fecha 10 de febrero de 2025. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Mónica Paola Evangelista Zevallos, fi scal adjunta provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Artículo Cuarto.- Destacar al abogado Eduardo Antonio Atencio Ramos, fi scal provincial titular penal (corporativo) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, -designado en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa- a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, a partir de la fecha de posesión de cargo en ésta última mencionada hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición por necesidad de servicio. Artículo Quinto.- Destacar a la abogada Ann Mary Zacarías Rivera, fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro -designada en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro- a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, a partir de la fecha de posesión de cargo en ésta última mencionada hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición por necesidad de servicio. Artículo Sexto.- Nombrar al abogado Luis Fernando Pérez Campos, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima; asimismo, destacarlo a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, a partir de la fecha de posesión de cargo en ésta última mencionada hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición por necesidad de servicio. Artículo Séptimo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, adopte las acciones necesarias para que el despacho a cargo del fi scal señalado en el artículo cuarto no quede desatendido durante su destaque. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento a los abogados Mónica Paola Evangelista Zevallos, Eduardo Antonio Atencio Ramos y Ann Mary Zacarías Rivera que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Noveno.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa y Lima Centro, Gerencia