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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2025 (20/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Jueves 20 de marzo de 2025 El Peruano / aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2382255-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 810-2025-MP-FN Lima, 18 de marzo de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 000753-2025-MP-FN-PJFSUCAYALI, de fecha 6 de marzo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, que eleva la carta de renuncia de fecha 6 de febrero de 2025, suscrito por el abogado Jerico Aldo Luna Santa Cruz, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca, por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo de ley, precisando como último día de labor al 31 de marzo de 2025, y con efectividad a partir del 01 de abril de 2025. La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, eleva la mencionada renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, expresando su conformidad y señalando que deberá hacerse efectiva a partir del 01 de abril de 2025. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales)”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados; así como del informe N° 11-2025-MP-FN-OREF-JMCA, de fecha 12 de marzo de 2025, corresponde emitir el acto resolutivo que acepte, la renuncia del fi scal mencionado, con efectividad a partir del 01 de abril de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar, la renuncia formulada por el abogado Jerico Aldo Luna Santa Cruz, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2919-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN , de fechas 31 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024; a partir del 01 de abril de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Jerico Aldo Luna Santa Cruz, que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2382255-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica los párrafos 4.2 y 4.3 del artículo 4 del Reglamento de Acceso y Mantenimiento de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN SBS N° 01061-2025 Lima, 18 de marzo de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se encarga de regular, supervisar y fi scalizar las entidades del sistema fi nanciero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, cuyo Texto Único Ordenando fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF y otras leyes; Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos; Que, dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-