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44 NORMAS LEGALES Jueves 1 de mayo de 2025 El Peruano / Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de los servidores: Nely Pillpe Wilcas Márquez, Directora de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y Carlos Alexander Saravia Obregón, Especialista en Importaciones IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ambos de la Dirección de Sanidad Vegetal, quienes son propuestos para participar en la Reunión Bilateral en la ciudad de Bruselas del Reino de Bélgica el 06 de mayo de 2025. Para tal fi n, adjunta, entre otros, el Informe Nº D000076-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 10 de abril de 2025, en el que la Dirección de Sanidad Vegetal - DSV expone las razones técnicas que justifi can la participación de los referidos servidores en la Reunión Bilateral; Que, en el precitado informe se señala que, entre los bene fi cios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión Bilateral, se tiene: impulsar el incremento de las exportaciones de turiones frescos de espárrago a los países de la Unión Europea, sustentando el no establecimiento de las plagas que regula la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF en el producto mencionado; y, el fortalecimiento de las relaciones con autoridades fi tosanitarias de los países importadores, para encontrar mejores soluciones a la problemática actual del comercio de los turiones frescos de espárrago fresco a los países de la Unión Europea; Que, a través del Memorando Nº 0976-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP, hace suyo y remite el Informe Nº 0233-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales - OCAI, señala que el expediente de autorización de viaje de los servidores: Nely Pillpe Wilcas Márquez, Directora de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y Carlos Alexander Saravia Obregón, Especialista en Importaciones IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ambos de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial N.º 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva; Que, asimismo OCAI señala que, dada la naturaleza de la Reunión Bilateral, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA a la ciudad de Bruselas del Reino de Bélgica, en tanto su participación en la Reunión Bilateral permitirá atender la problemática fi tosanitaria de las exportaciones de turiones frescos de espárrago del país, frente a las normativas actuales de la Unión Europea como el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134; solicitar el avance del Análisis de Riesgo de Plagas ARP para la plaga Spodoptera frugiperda y la evaluación de la información técnica cursada por SENASA conllevando al retiro de la regulación de la plaga en mención; y, comentar sobre las gestiones que se realizaron con las Autoridades Fitosanitarias de Reino Unido (DEFRA) quienes actualmente permiten el ingreso de turiones de espárrago con presencia de posturas ya que no representa un riesgo de establecimiento; Que, los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certi fi cación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000002349, Nº 0000002418 y Nº 0000002419; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe Nº 0568-2025-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los servidores Nely Pillpe Wilcas Márquez y Carlos Alexander Saravia Obregón a la ciudad de Bruselas del Reino de Bélgica, para participar en la Reunión Bilateral del 06 de mayo de 2025; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de asegurar la participación de los servidores designados, resulta necesario autorizar su viaje del 04 al 08 de mayo de 2025, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente; Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los servidores: Nely Pillpe Wilcas Márquez, Directora de la Subdirección de Cuarentena Vegetal; y, Carlos Alexander Saravia Obregón, Especialista en Importaciones IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ambos de la Dirección de Sanidad Vegetal, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la ciudad de Bruselas del Reino de Bélgica, del 04 al 08 de mayo de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: