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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2025 (01/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 1 de mayo de 2025 El Peruano / DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 234 390 757,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, en el marco de las Leyes N° 29944 y N° 30493, respectivamente; así como, el pago del subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados, en el marco de las Leyes N° 30328 y N° 30493, respectivamente, conforme a lo dispuesto en los literales a), d) y e) del numeral 89.1 y en el numeral 89.2 del artículo 89 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: EN SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : M. de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividade FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.4. Donaciones y Transferencias 234 390 757,00 ============ TOTAL EGRESOS 234 390 757,00 ============ A LA: EN SOLES SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 232 119 757,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2 271 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 234 390 757,00 ============ 1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se detallan en el Anexo N° I “Transferencia para fi nanciar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados”, en el Anexo N° II “Transferencia para fi nanciar el pago del Subsidio por Luto y Sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados”, en el Anexo N° III “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados”, y en el Anexo N° IV “Transferencia para fi nanciar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2395818-5 Autorizan viaje de Director de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2025-EF/43 Lima, 30 de abril del 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante documento s/n los representantes del Global Water Intelligence (GWI) cursan invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la Cumbre Mundial del Agua (Global Water Summit 2025) que se llevará a cabo del 12 al 14 de mayo de 2025 en la ciudad de París, República Francesa; Que, la Cumbre Mundial del Agua estará centrada en abordar las oportunidades del sector agua y saneamiento a nivel global, reuniendo a líderes gubernamentales, inversionistas, empresas de servicios públicos, desarrolladores y expertos en tecnología; a través de paneles de alto nivel, mesas redondas de networking y presentaciones estratégicas, el evento proporcionará un espacio único para el intercambio de conocimientos y la promoción de proyectos de agua y saneamiento, con un enfoque especial en la colaboración público-privada . En este contexto, el evento servirá como una plataforma exclusiva para conectar a líderes empresariales, autoridades gubernamentales, inversionistas e