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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2025 (01/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 1 de mayo de 2025 El Peruano / y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico, vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por mayoría cali fi cada el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo, al señor Samuel Dyer Ampudia, en el grado de “Comendador”; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, Establecen normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador” al señor SAMUEL EDWARD DYER AMPUDIA, extendiéndose el Diploma correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2395812-8 Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 012-2025-TR Lima, 30 de abril de 2025CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que, en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, el artículo 3 del Reglamento en mención dispone que la Condecoración de la Orden del Trabajo se concede mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y es otorgada con ocasión del Día del Trabajo; Que, conforme a lo señalado en la norma antes citada, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También defi ne los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran O fi cial, Comendador y O fi cial; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 050-2025-TR; Que, mediante el O fi cio N° 00137-2025-MTPE/1/23, la Secretaría del Consejo de la Orden del Trabajo traslada el Informe Nº 000062-2025-MTPE/1/23, que da cuenta de la decisión adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo sobre quienes son las personas, naturales y jurídicas a las que, en el presente año, les corresponde la Condecoración de la Orden de Trabajo; Que, de acuerdo con los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Cristina Torres Palomino, especialista en gestión pública, con una amplia trayectoria en la promoción de la inclusión laboral, especialmente de las personas con discapacidad; Que, desde el año 2015 ha ocupado importantes cargos en la administración pública, desempeñándose como Jefa Zonal de Trabajo y Promoción del Empleo del Alto Mayo, Directora de Sistema Administrativo, Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de San Martín, y actualmente ejerce el cargo de Directora de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, liderando acciones estratégicas para fortalecer la empleabilidad y la inserción laboral de este grupo poblacional; Que, su compromiso en el ámbito laboral y social se refl eja no sólo en su gestión, sino también en su ejemplo de resiliencia y de superación de las di fi cultades que la sociedad puede colocar a las personas con discapacidad, convirtiéndose así en un referente de este grupo de especial protección; Que, ha sido reconocida con diversas distinciones, entre ellas: reconocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo por inspirar cambios hacia una sociedad inclusiva (2024); el reconocimiento de la Universidad César Vallejo por su contribución al desarrollo del país (2023); y el reconocimiento por su contribución al cierre de las brechas de género en el acceso al empleo decente y de la empleabilidad de las mujeres mediante la implementación del Piloto de Articulación de Servicios “Wiñay Warmi”, en el departamento de San Martín(2023); Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; Que, con fecha 28 de abril de 2025, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico, vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo, a la señora Cristina Torres Palomino, en el grado de “O fi cial”; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, Establecen normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “O fi cial” a la señora CRISTINA TORRES PALOMINO, extendiéndose el Diploma correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2395812-9