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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2025 (01/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 1 de mayo de 2025 El Peruano / Que, con Memorando N° D000712-2025-MIDIS/ PNPDS-UA, la Unidad de Administración traslada el Informe N° D000294-2025-MIDIS/PNPDS-CRHU emitido por la Coordinadora de Recursos Humanos, en el cual concluye que la profesional MIRNA STELLA ALEMAN ESPINOZA cumple con los requisitos exigidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa CONTIGO vigente, así como con los requisitos establecidos en la Ley N° 31419 - Ley de idoneidad y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, para la designación en el cargo de con fi anza de Coordinadora de Tesorería de la Unidad de Administración; Que, mediante Informe Nº D000138-2025-MIDIS/ PNPDS-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable legalmente la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, en atención a las consideraciones expuestas y estando a las competencias establecidas en el Manual de Operaciones del Programa CONTIGO aprobado mediante Resolución Ministerial N° 012-2020-MIDIS; con el visto de la Coordinadora de Recursos Humanos, de la Unidad de Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar a la profesional MIRNA STELLA ALEMAN ESPINOZA en el cargo de con fi anza de Coordinadora de Tesorería de la Unidad de Administración del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer que la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración noti fi que la presente resolución a la profesional MIRNA STELLA ALEMAN ESPINOZA, así como se incluya la misma en su respectivo legajo. Artículo 3.-Publicación Disponer que la Unidad de Administración y la Unidad de Comunicación e Imagen publiquen la presente resolución en la sede digital Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDDY JOSE MARIA SOLANO GONZALEZ Director Ejecutivo Dirección Ejecutiva 2395319-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 082-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 89.1 del artículo 89 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2025, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, hasta por la suma de S/ 1 437 280 222,00 (UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otras fi nalidades, lo dispuesto en los literales a), d) y e) del citado numeral, referido al pago de las asignaciones temporales y demás derechos, bene fi cios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago de la diferencia de la remuneración íntegra mensual de los profesores que ascienden en el marco del Concurso de Ascenso de Escala Magisterial establecido en la Ley N° 29944; el pago de los derechos y bene fi cios correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente al que se re fi ere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones y la normatividad complementaria; y, el pago de los derechos y bene fi cios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley N° 29944; Que, el numeral 89.2 del artículo 89 de la Ley Nº 32185 dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, y de conformidad con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia; debiendo publicarse hasta el 07 de noviembre de 2025 y las propuestas deben ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 15 de octubre de 2025; Que, mediante el O fi cio N° 00692-2025-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación nombrados, en el marco de las Leyes N° 29944 y N° 30493, respectivamente; así como, el pago del subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios de los profesores y auxiliares de educación contratados, en el marco de las Leyes N° 30328 y N° 30493, respectivamente, conforme a lo dispuesto en los literales a), d) y e) del numeral 89.1 del artículo 89 de la Ley Nº 32185; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00420-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 1455-2025-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1495-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina que el costo estimado para fi nanciar el pago de los bene fi cios de asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios y subsidio por luto y sepelio de los profesores y auxiliares de educación nombrados; así como los bene fi cios de subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a favor de los profesores y auxiliares de educación contratados en las Unidades Ejecutoras del Sector Educación correspondiente a diversos gobiernos regionales, asciende a la suma S/ 234 390 757,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para un total de 56 704 bene fi ciarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 234 390 757,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 89.1 y 89.2 del artículo 89 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;