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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2025 (01/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 1 de mayo de 2025 El Peruano / Escuela de Formación en Administración para Dirigentes de Mercados de Abastos, organizada por la Fundación Friedrich Ebert, dictando módulos sobre la “Importancia de los estatutos y la Asamblea General en los mercados de abastos” y “Liderazgo y resolución de con fl ictos”, promoviendo de esta manera el diálogo social, la formalización y la sostenibilidad del sector; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; Que, con fecha 28 de abril de 2025 el Consejo de la Orden de Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo al señor Lucio Andrés Tupiño Elguera, en el grado de “O fi cial”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, Establecen normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “O fi cial” al señor LUCIO ANDRES TUPIÑO ELGUERA, extendiéndose el Diploma correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2395812-3 Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2025-TR Lima, 30 de abril de 2025 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que, en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, el artículo 3 del Reglamento en mención dispone que la Condecoración de la Orden del Trabajo se concede mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y es otorgada con ocasión del Día del Trabajo;Que, conforme a lo señalado en la norma antes citada, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También defi ne los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran O fi cial, Comendador y O fi cial; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 050-2025-TR; Que, mediante el O fi cio Nº 000137-2025-MTPE/1/23, la Secretaría del Consejo de la Orden del Trabajo traslada el Informe Nº 000062-2025-MTPE/1/23, que da cuenta de la decisión adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo sobre quienes son las personas, naturales y jurídicas a las que, en el presente año, les corresponde la Condecoración de la Orden de Trabajo; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Eliana Elder Araujo Sánchez, abogada con más de cuarenta años de trayectoria en el servicio público, que destaca por ser una de las primeras mujeres inspectoras laborales del país; Que, su carrera en la magistratura inició en el año 1994, ejerciendo funciones como Jueza Superior Titular en el Poder Judicial y liderando la Tercera Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como asumiendo funciones como Jueza Suprema Provisional en materias constitucionales y sociales; Que, su carrera ha estado centrada en la defensa de los derechos laborales, la mejora de las condiciones de trabajo, la seguridad social y la promoción del diálogo social, siendo autora de sentencias relevantes que han sentado precedentes en dichas materias; Que, en el ámbito académico, ha sido docente de Derecho Laboral y Procesal Laboral, además de participar como ponente en múltiples seminarios y diplomados nacionales e internacionales; Que, su compromiso con la justicia social, la igualdad de oportunidades y la protección de colectivos vulnerables ha sido constante, impulsando buenas prácticas laborales y fortaleciendo la institucionalidad del sistema de justicia laboral; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; Que, con fecha 28 de abril de 2025 el Consejo de la Orden de Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó mayoría cali fi cada el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo a la señora Eliana Elder Araujo Sánchez, en el grado de “Comendador”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 20585, Establecen normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; Ley Nº 29158, Ley Orgánica de Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, Aprueban el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador” a la señora ELIANA ELDER ARAUJO SANCHEZ, extendiéndose el Diploma correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2395812-4