Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2025 (15/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / VÉRTICE ESTE NORTE 36 432132.3539 8372734.413437 430401.6938 8372583.609038 428765.0853 8374619.776639 427158.6683 8375571.442040 422277.6665 8377579.0254 Artículo 3 .- Disponer que la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente resolución, la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fi el cumplimiento, la citada Dirección General ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano por cuenta de la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2398181-1 PRODUCE Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026 - 2028 del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000175-2025- PRODUCE Lima, 14 de mayo de 2025 VISTOS: El Memorando N° 00000452-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000153-2025-PRODUCE/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; y, el Informe N° 00000484-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se establece que, corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, por el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador de dicho Sistema Nacional, con competencias de alcance nacional; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440 indica, entre otros, que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024/CEPLAN/PCD, de aplicación para las entidades de los tres niveles de gobierno, tiene como objetivo, establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, referida a la elaboración y aprobación del POI, dispone que el PEI se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia; y, en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual para un período no menor de tres (3) años respetando el período de vigencia del PEI; registrando la priorización de cada Actividad Operativa e inversión, según los niveles establecidos sobre la base de la Ruta Estratégica de fi nida en el PEI; y expresando la Programación Física y de Costeo por cada año; correspondiendo al Titular de la entidad, la aprobación del POI Multianual hasta el 30 de abril, a través del aplicativo CEPLAN V.01, disponiendo su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, de acuerdo a la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 042-2025/CEPLAN/PCD y al Comunicado N° 003-2025/CEPLAN, se amplía el plazo indicado en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024/CEPLAN/PCD para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2026 – 2028, hasta el 14 de mayo de 2025; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 00136-2025-PRODUCE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de la Producción 2025 – 2030; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción, conformada por la Resolución Ministerial N° 098-2018-PRODUCE, mediante Acta de fecha 12 de mayo de 2025, acordó validar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026 - 2028 del Ministerio de la Producción; Que, con el Memorando N° 00000452-2025-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, estando a la sustentación contenida en el Informe N° 00000153-2025-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, propone la aprobación del POI Multianual 2026 - 2028 del Ministerio de la Producción, el cual contiene la programación física y fi nanciera para cada año, y ha sido elaborado de manera coordinada con cada dependencia (centro de costo) de la entidad; asimismo, indica que sus actividades operativas están alineadas a los Objetivos Estratégicos Sectoriales del Plan Estratégico Sectorial