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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2025 (15/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Modifican la Res. N° 006-2025-INPE/P, que delega facultades en el Instituto Nacional Penitenciario, durante el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 122-2025- INPE/P Lima, 14 de mayo de 2025 VISTO, el Informe N° D000006-2025-INPE-OAJ de fecha 14 de mayo de 2025 y el Memorando N° D000470-2025-INPE-OAJ de fecha 29 de abril de 2025, conteniendo el Informe N° D000035-2025-INPE-OAJ-VRCM, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 147 del Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2021-JUS, establece que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y fi nanciera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal. Es el ente rector del Sistema Penitenciario Nacional. Sus competencias y funciones se regulan en la Ley de la materia; Que, mediante Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 006-2025-INPE/P, el Titular de la Entidad delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del INPE para el Ejercicio Fiscal 2025; Que, mediante Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, se aprueba el nuevo marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 32069 establece que la referida ley, entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su Reglamento; por lo que, habiéndose publicado el 22 de enero de 2025, en el diario o fi cial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, las referidas normas entran en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 32069, en concordancia con los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluye como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros, a los siguientes: i) el Titular de la Entidad y, ii) la Autoridad de la gestión administrativa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0008- 2025-EF/53.01, se aprueba la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal en las entidades del Sector Público del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”, la cual en su artículo 16 establece que “(…) una vez noti fi cada la opinión favorable de la DGGFRH a través del Módulo PAP, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular del Pliego, o a quien éste delegue expresamente dicha función”; Que, de otro lado, el artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones del INPE, establece que el “(…) Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios - CENECP es el órgano encargado de seleccionar, formar, capacitar y perfeccionar al personal penitenciario, así como efectuar estudios e investigaciones en ciencias penitenciarias y criminología. Depende del presidente del INPE (…)”; Que, con Informe N° 000003-2025-INPE-CENECP, de fecha 12 de marzo de 2025, la directora del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP) solicita se le delegue la facultad de representación de la entidad en el proceso de adecuación del CENECP a la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes ante el Ministerio de Educación; Que, mediante Memorando N° D000470-2025- INPE-OAJ de fecha 29 de abril de 2025, conteniendo el Informe N° D000035-2025-INPE-OAJ-VRCM, y el Informe N° D000006-2025-INPE-OAJ de fecha 14 de mayo de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la resolución que delegue en la directora del CENECP, la representación legal ante el Ministerio de Educación en el proceso de adecuación del CENECP a la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; así como el titular de la entidad delegue facultades en materia de administrativa y contratación pública para las O fi cinas Regionales del INPE; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y, con el propósito de otorgar celeridad a la gestión en materia de administrativa en la sede central y la contratación de bienes y servicios en las Ofi cinas Regionales del INPE, así como la representación del CENECP ante el Ministerio de Educación, resulta conveniente modi fi car la Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 006-2025-INPE/P, a fi n de delegar determinadas funciones asignadas al Titular de la entidad; Que, mediante Resolución Suprema Nº 077-2025-JUS, publicada el 24 de abril de 2025, se aceptó la renuncia de Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE, por lo que corresponde al Vicepresidente reemplazarlo, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INPE, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2007-JUS; Contando con las visaciones de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria y de la O fi cina General de Administración; y, De conformidad con la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS y modi fi catorias; Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, el Reglamento de Organización y Funciones del INPE, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2007-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 006-2025-INPE/P, incorporando el sub numeral 1.2.3 conforme a los siguientes términos: “ARTÍCULO 1.- DELEGAR en la Gerencia General del Instituto Nacional Penitenciario, las siguientes facultades: (…) 1.2 Facultades en materia Administrativa(…)1.2.3 Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Instituto Nacional Penitenciario y sus modi fi caciones.” Artículo 2.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N°