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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2025 (15/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 15 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo 6.- DISPONER la vigencia de los demás extremos de la Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 006-2025-INPE/P. Artículo 7.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional del Instituto Nacional Penitenciario (https://www.gob.pe/inpe) y en el diario Ofi cial El Peruano, la cual entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el citado diario O fi cial. Artículo 8.- REMITIR copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración, a la O fi cina de Infraestructura Penitenciaria, a las O fi cinas Regionales y al CENECP, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARLON WILBERT FLORENTINI CASTAÑEDA Vicepresidentedel Consejo Nacional Penitenciario 2399486-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO Delegan atribuciones en la Jefa de la Gerencia de Administración y en el Jefe de Logística y Control Patrimonial, durante el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 00070-2025-GG- OSITRAN Lima, 12 de mayo de 2025VISTO:El Memorando Nº 00370-2025-JLCP-GA-OSITRAN de la Jefatura de Logística y Control Patrimonial; el Memorando Nº 00906-2025-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Memorando Nº 0217-2025-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modi fi catorias, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - Ositrán, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fi scalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modi fi catorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para los Organismos Reguladores, encontrándose incluido dentro de sus alcances el Ositrán; Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias, la estructura orgánica del Ositrán se rige por su Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ositrán, el cual contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especí fi cas de los órganos y unidades orgánicas; Que, la Gerencia General, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del ROF del Ositrán, es la máxima autoridad administrativa de la Entidad; asimismo, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 11 del ROF del Ositrán, la Gerencia General tiene como función, la de planear, organizar, dirigir, gestionar y supervisar la marcha administrativa, operativa, económica y fi nanciera del Ositrán, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Directivo y Presidencia, según corresponda; Que, según lo dispuesto en el artículo 25 del ROF del Ositrán, la Gerencia de Administración es el órgano de apoyo responsable de plani fi car, conducir, formular, gestionar y ejecutar la asignación de recursos para el óptimo funcionamiento de la Entidad, en materia de Gestión de Recursos Humanos, Logística y Control Patrimonial, Contabilidad, Tesorería, así como de Tecnologías de la Información, en cumplimiento de la normativa según la materia; Que, con Resolución de Presidencia Nº 0088-2024-PD- OSITRAN se aprobaron, entre otras, las delegaciones de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Jefe de la Gerencia de Administración para el periodo 2025, en materia de contrataciones; Que, la Jefatura de Logística y Control Patrimonial, mediante el Memorando N° 00370-2025-JLCP-GA-OSITRAN, propone, entre otros, la delegación de facultades para el año 2025, en materia de contrataciones de bienes y servicios, de la Gerencia General, en su condición de autoridad de gestión administrativa, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; Que, la Gerencia de Administración a través del Memorando N° 00906-2025-GA-OSITRAN, señala su conformidad con la propuesta de delegación de facultades del Gerente General en la Jefa de la Gerencia de Administración, así como en el Jefe de Logística y Control Patrimonial para el periodo 2025, en materia de contrataciones de bienes y servicios, formulada por la Jefatura de Logística y Control Patrimonial; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 0217-2025-GAJ-OSITRAN, consideró jurídicamente viable que el Gerente General, en su condición de autoridad de gestión administrativa, delegue diversas facultades que se le han atribuido en virtud del ordenamiento jurídico vigente, las mismas que no son privativas de su cargo, a favor de la Jefa de la Gerencia de Administración así como del Jefe de Logística y Control Patrimonial, en el marco de las disposiciones legales vigentes; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2025-EF; y, el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ositrán; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en la Jefa de la Gerencia de Administración las siguientes atribuciones: En materia de contrataciones en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF 1.1. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección competitivos de Licitación Pública Abreviada para bienes, Concurso Público Abreviado, Concurso Público Abreviado para contratación de expertos y gerentes de proyectos, Subasta Inversa Electrónica y Comparación de Precios; y de los procedimientos de selección no competitivos cuya cuantía corresponda a una Licitación Pública Abreviada o Concurso Público Abreviado. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.