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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2025 (16/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 16 de mayo de 2025 El Peruano / gastos, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 391,71 Viáticos US$ 1 465,00 ---------------------- TOTAL US$ 2 856,71 Artículo 3º.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2392010-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan participación de docente de la Universidad Nacional del Centro del Perú en evento a realizarse en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N° 4403-CU-2024 Huancayo, 24 de julio de 2024 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ; Visto, el O fi cio Nº 0381-2024-UNCP-VRAC de fecha 14 de junio de 2024, a través del cual el Vicerrector Académico, solicita disponibilidad presupuestal para participación en encuentro universitario. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico; Que, el Artículo 162° del Estatuto de la UNCP señala: La movilidad académica es el desplazamiento temporal de estudiantes, docentes e investigadores, de una comunidad académica a otra, en doble vía, nacional e internacional, por un periodo determinado; Que, el Artículo 1º inciso b) del Reglamento de licencia para perfeccionamiento con goce de haber y apoyo económico para el personal docente ordinario y jefes de práctica nombrados de la UNCP, señala: se entiende como perfeccionamiento las siguientes actividades académicas… Estudios de capacitación y perfeccionamiento en laboratorios especializados; Que, el Artículo 3º de la norma invocada, señala “Tienen derecho a la licencia por perfeccionamiento, los docentes ordinarios y jefes de práctica nombrados con antigüedad no menor de dos años en la Universidad Nacional del Centro del Perú, siempre y cuando no estén incursos en procesos administrativos o sancionados penalmente por actos de función”; Que, a través del o fi cio de la referencia, el Vicerrector Académico, comunica que habiendo recibido la Carta DFE-13-2024 de fecha 31 de mayo de 2024 mediante la cual la decanatura de la Facultad de Educación de la Ponti fi cia Universidad Javeriana de Bogotá Colombia hace la invitación al Encuentro Interuniversitario Javeriano: Desafíos y Oportunidades en Educación a Distancia con Universidades Públicas del Perú, que se desarrollará del 12 al 14 de agosto de 2024 en las instalaciones de la Universidad Javeriana en Bogotá; solicita apoyo económico para fi nanciar los pasajes terrestres (Huancayo-Lima-Huancayo), boletos aéreos (Lima-Bogotá-Lima) y hospedaje para la Dra. Ingrid Maritza Aquino Palacios, por el monto total de S/. 5,896.00 soles; Que, mediante O fi cio N° 1184-2024-UPRES-UNCP de fecha 25 de junio de 2024, la jefatura de Presupuesto indica que, el vicerrectorado académico, solicita la disponibilidad presupuestal para apoyo económico para participación en el “Encuentro Interuniversitario Javeriano: Desafíos y Oportunidades en Educación a Distancia con Universidades Públicas del Perú”, habiendo evaluado la disponibilidad presupuestal para el apoyo económico solicitado, opina que, se cuenta con disponibilidad presupuestal, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 07, clasi fi cador 2.5.3.1.1 99 por el monto de S/ 4,536.00 considerando como base el marco presupuestal disponible; Que, con Proveído Nº 0851-2024-UNCP-VRAC de fecha 03 de julio de 2024, el Vicerrector Académico habiendo revisado el expediente en el cual se observa el O fi cio N° 1184-2024-UPRES-UNCP a través del cual la Unidad de Presupuesto otorga disponibilidad presupuestal para el apoyo económico por el monto de S/. 4,536.00 a favor de la Dra. Ingrid Aquino Palacios, Directora de Gestión e Innovación Académica para participar en el “Encuentro Interuniversitario Javeriano: Desafíos y Oportunidades en Educación a Distancia con Universidades Públicas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Bogotá Colombia en las instalaciones de la Universidad Javeriana en Bogotá, del 12 al 14 de agosto de 2024, elevando al rectorado para la emisión de la resolución correspondiente; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes y al acuerdo de Consejo Universitario del 24 de julio de 2024; RESUELVE: 1°.- OTORGAR autorización para la participación de la Dra. Ingrid Aquino Palacios, Directora de Gestión e Innovación Académica para participar en el “Encuentro Interuniversitario Javeriano: Desafíos y Oportunidades en Educación a Distancia con Universidades Públicas del Perú”, a realizarse en la ciudad de Bogotá Colombia en las instalaciones de la Universidad Javeriana en Bogotá, del 12 al 14 de agosto de 2024. 2°.- APROBAR el apoyo económico a favor de la mencionada docente por el monto de S/ 4,536.00 soles, fi nanciado con Recursos Directamente Recaudados. 3°.- ENCOMENDAR la publicación de Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, por la Dirección General de Administración. 4°.- ENCARGAR el cumplimiento de la Resolución al Vicerrectorado Académico y Dirección General de Administración, a través de las o fi cinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase, AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2392620-1