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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2025 (17/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 17 de mayo de 2025 El Peruano / Con una inversión total de: GASTO IMPORTE (S/) 2.3.2.1.1.1- PASAJES INTERNACIONALES TRANSPORTE AL EXTERIOR DEL PAÍS40,000.00 2.3.2.1.1.2 - VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAÍS33,440.00 TOTAL 73,440.00 Artículo Segundo.- DISPONER a la responsable de publicaciones de dispositivos legales de la Universidad Nacional de Huancavelica, la publicación de esta resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido en las normas aplicables sobre la materia. Artículo Tercero.- NOTIFICAR al Vicerrectorado Académico, al Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, responsable de Publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados para su conocimiento y cumplimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y archívese.EDGARDO FÉLIX PALOMINO TORRES Rector DANIEL QUISPE VIDALÓN Secretario General 2398780-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú para participar en pasantía a desarrollarse en EE.UU. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0973-2025 -R-UNA Puno, 28 de marzo del 2025VISTOS: El OFICIO N° 120-2025-VRI-UNA-PUNO (12-03- 2025), cursado por el Vicerrector de Investigación de esta Casa Superior de Estudios; y, el MEMORANDUM N° 0411-2025-SG-UNA-PUNO (26-03-2025) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación para inclusión en el programa de viajes de investigación de docentes, a la Dra. LUZ WILFREDA CUSI ZAMATA, docente Principal de la Facultad de Ciencias de la Educación; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme se encuentra prescrito en el Estatuto de la UNA-PUNO, aprobado por RAU N° 008-2023-AU-UNA, art. 66 y art. 67 numeral 67.11, el Vicerrectorado de Investigación es el órgano de más alto nivel, en el ámbito de la investigación; está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades de investigación que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas; entre sus atribuciones, se encuentra la de promover el intercambio, estancias, pasantías y movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno con otras universidades y entidades de investigación o empresariales, nacionales e internacionales, en colaboración con el Vicerrectorado Académico; Que, mediante RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1908-2024-R-UNA ha sido aprobado el REGLAMENTO DE PASANTÍA SEMESTRAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DE PUNO, en cuyo art. 4° establece que la Pasantía Docente está dirigida a los docentes ordinarios de esta Casa Superior de Estudios; la asignación presupuestal será señalada por la UNA Puno para el respectivo año presupuestal; documento normativo que, además de permitir la actualización del personal docente con los cambios tecnológicos y organizacionales que se producen en el proceso de investigación de las universidades top del extranjero, tiene como objetivos: “a) Mejorar sus conocimientos, proyectos de innovación, prospección y metodologías de investigación que permitan complementar su formación y la de sus estudiantes de acuerdo a las tendencias internacionales. b) Promover y efectivizar el intercambio recíproco de docentes e investigadores para complementar la formación académica y de investigación. c) Propiciar la capacitación de los docentes universitarios comprometidos con una visión solidaria de educación, la cultura, la ciencia y la tecnología de información en bene fi cio del desarrollo de la región y del país. d) Adquirir el conocimiento de herramientas actuales en los procesos de investigación y acceder a bases de datos indexadas. e) Fortalecer la cooperación interinstitucional en la enseñanza superior universitaria generando nuevos ámbitos que promocionen el intercambio de conocimientos y generen los procesos de investigación integrada en forma nacional e internacional. f) Profundizar la cooperación entre la UNA PUNO y las Universidades de destino de la pasantía docente. Y, g) Internacionalizar la UNA a través de sus Programas Académicos.”; Que, por acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 31 de diciembre 2024 (continuación del 27-12-2024) y mediante RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0710-2025-R-UNA, se aprobó el Programa de Viajes de Investigación de Docentes de las Escuelas Profesionales de la UNA-Puno, para el desarrollo de Pasantía Docente durante el Primer Semestre del Año Académico 2025; Que, el Vicerrector de Investigación de esta Casa Superior de Estudios, a través de OFICIO N° 120-2025-VRI-UNA-PUNO de fecha 12 de marzo del año en curso, solicita la inclusión en la capacitación o fi cializada Pasantía Semestral Docente 2025-I, a la Dra. Luz Wilfreda Cusi Zamata, docente Principal a D.E. de la Escuela Profesional de Educación Secundaria de la Facultad de Ciencias de la Educación, al cumplir con los requisitos estipulados en el art. 13 del Reglamento de Pasantía Semestral Docente de la UNA-PUNO. Habiéndose emitido para el efecto, la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 004-2025-D-FCEDUC-UNA (09-01-2025), que autoriza la licencia correspondiente a favor de la citada docente, para la realización de dicha pasantía en San Francisco State University - San Francisco, California - usa, desde abril a julio de 2025; Que, al respecto, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto ha emitido su opinión técnica contenida en el INFORME N° 0364-2025-UP-OPP-UNA-PUNO (20-03-2025), del cual se in fi ere que la asignación de la bolsa de viaje debe ser atendido con afectación al centro de costo Vicerrectorado de Investigación, para lo que cuenta con disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF 0039: 5.000650 Desarrollo de Estudios, Investigación y Estadística - Desarrollo de Proyectos y Estudios de Investigación Cientí fi ca, Genérica de Gasto 2.5 Otros Gastos, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, hasta por el importe de S/. 30,000.00 Soles. Por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido su pronunciamiento favorable contenido en el INFORME LEGAL N° 598-2025-OAJ-UNA-PUNO (20-03-2025), en el marco de la normativa pertinente en vigencia y consideraciones antes referidas; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la