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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2025 (30/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Viernes 30 de mayo de 2025 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 051-2025-PROMPERU/PE, en lo relativo a delegación de facultades en el Gerente General de PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000065-2025- PROMPERU/PE San Isidro, 29 de mayo del 2025 VISTO: El Informe N° 254-2025-PROMPERU/GG- OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ y modi fi catoria, la entidad es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el 24 de junio de 2024, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y el 22 de enero de 2025, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, encontrándose vigentes desde el 22 de abril de 2025; Que, el artículo 25 de la Ley N° 32069, en concordancia con los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluye como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros, al Titular de la Entidad; Que, el numeral 25.1 de la Ley, señala que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización, y que la Autoridad de la Gestión Administrativa, es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante; Que, el numeral 25.2 de la Ley, señala que el Titular de la Entidad y la Autoridad de la Gestión Administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal s) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, el Presidente Ejecutivo tiene como una de sus facultades, delegar sus funciones en los órganos y unidades orgánicas de la entidad, salvo aquellas que por su naturaleza sean indelegables; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 051-2025-PROMPERU/PE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 2 de mayo de 2025, se delegó para el año fi scal 2025, diversas facultades de la Presidencia Ejecutiva, en materia de contrataciones públicas, al Gerente General, al Jefe de la O fi cina de Administración y al Jefe de la Unidad de Logística; Que, según la revisión efectuada a otras facultades delegables del Titular de la Entidad previstas en la Ley N° 32069 y su Reglamento, que no han sido consideradas en la Resolución N° 051-2025-PROMPERU/PE, se puede advertir que, de conformidad a lo señalado en el literal c) del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 32069, el Titular de la Entidad es responsable de aprobar los procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, facultad que puede ser delegable; Que, en consideración a la opinión contemplada en el documento de visto, resulta legalmente viable la modi fi cación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 051-2025-PROMPERU/PE, con el fi n de incorporar la delegación de la facultad del Presidente Ejecutivo respecto a la aprobación de la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c) y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los literales r) y s) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, y la Resolución Ministerial N° 066-2025-MINCETUR; Con el visado de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar el numeral 1.4.2 en el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 051-2025-PROMPERU/PE, cuyo texto es el siguiente: “Artículo 1.- Delegar en el Gerente General de PROMPERÚ, las siguientes facultades: (…) 1.4 En materia de contrataciones públicas(…)1.4.2 Bajo el alcance de la Ley N° 32069 y su Reglamento a) Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069. ” Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 051-2025-PROMPERU/PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO MANUEL FRANCISCO LIMO DEL CASTILLO Presidente Ejecutivo 2404147-1