Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2025 (30/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 30 de mayo de 2025 El Peruano / Comisión Sectorial, señalando que, de acuerdo a lo sustentado por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, se está aplicando el criterio de cumplimiento de objetivo y duplicidad, establecidos en la Opinión Técnica Vinculante Nº 01-2020-PCM-SGP-SSAP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, a través de los Informes Nº 0417-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ y Nº 0427-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que dispone la extinción de la Comisión Sectorial, conforme a la propuesta sustentada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; Que, en consecuencia, corresponde disponer la extinción de la Comisión Sectorial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modi fi catorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; y el Informe de Opinión Técnica vinculante Nº 01-2020-PCM-SGP-SSAP de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Extinción de la Comisión Sectorial Disponer la extinción de la “Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), con el objeto de realizar el seguimiento de la implementación de las propuestas de acciones priorizadas para el fortalecimiento y modernización de la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), contenidas en el Informe Final de la Comisión Multisectorial creada por la Resolución Suprema Nº 019-2023-VIVIENDA”, creada mediante la Resolución Ministerial Nº 102-2024-VIVIENDA. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2404103-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar actividad a favor de la Municipalidad Distrital de La Morada RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000085-2025-DV-PE Mira fl ores, 29 de mayo del 2025VISTO: El Memorando N° 001382-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000041-2025-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad: “Mantenimiento periódico del camino vecinal no pavimentado R100706 tramo: Emp. HU-505 - Santa María de Magdalena, distrito de La Morada, provincia de Marañón, departamento de Huánuco”, que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, en el año 2025, DEVIDA suscribió una adenda al convenio interinstitucional con la Municipalidad Distrital de La Morada para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 84/100 SOLES (S/ 164,948.84), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000092-2025-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000001530 y la respectiva conformidad del plan operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción