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92 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de noviembre de 2025 El Peruano / sujetas a la aplicación del BIM, así como los plazos para su adopción progresiva (14 de octubre de 2025) y su obligatoriedad total (14 de agosto de 2026); Que, respecto a la necesidad de adecuación normativa regional, se tiene que mediante informes técnicos internos, emitidos por la Gerencia Regional de Infraestructura y la Subgerencia de Normas, Monitoreo y Evaluación evidencian que el actual marco institucional del Gobierno Regional de Piura carece de un instrumento normativo que obligue la aplicación del BIM en los proyectos de inversión, lo que podría impedir el cumplimiento del plazo máximo fi jado por la Resolución Directoral Nº 0007-2025- EF/63.01. En ese orden de ideas, la presente Ordenanza Regional coadyuva a que los actuales esfuerzos del Gobierno Regional Piura logren la incorporación progresiva y obligatoria de la metodología BIM en los proyectos de inversión pública del Gobierno Regional Piura. Asimismo, respecto a la supervisión y control se prevé un mecanismo de supervisión y monitoreo a cargo de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinación con la Ofi cina Regional de Control Institucional; Que, mediante Informe Nº 051-2025/GRP-GRP-CRP- EACCR del 11 de agosto del 2025, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional Piura recomendó a la Secretaría del Consejo Regional solicite los informes técnicos y legales necesarios para acreditar que resulta “factible” la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que declara de prioridad e interés regional la incorporación de la metodología BIM en la elaboración de expedientes técnicos en el Gobierno Regional Piura; Que, mediante Informe Nº 1251-2025/GRP-440330 del 26 de agosto del 2025, el Director de Estudios y Proyectos comunicó al Director General de Construcción que: “(...) previo levantamiento de observaciones, que la propuesta de Ordenanza Regional en mención, contribuiría con mejorar la transparencia, calidad y e fi ciencia de la inversión, incorporación recursos tecnológicos necesarios para la implementación de la metodología BIM en la Región; es decir, tanto para la Entidad Regional y Gobierno Local; por lo que se recomienda, que la Gerencia Regional de Infraestructura, remita el presente a la Sub Gerencia Regional de Normas, Monitoreo y Evaluación - GRI para su pronunciamiento; luego de la opinión de dicha Sub Gerencia se remita el expediente a la Gerencia General Regional, para continuar con el trámite seguido por Secretario del Consejo Regional”; Que, mediante Informe Nº 67-2025/GRP-440400-FCS del 29 de agosto de 2025, la Sub Gerencia Regional de Normas, Monitoreo y Evaluación adjuntó el Informe Nº 18-2025/GRP-440400-FCS del 29 de agosto de 2025, con el cual se recomienda que el proyecto de Ordenanza Regional se adecue a la Directiva Regional Nº 003-2020/GRP-41000-410300, incorporando la absolución de las observaciones planteadas mediante el Informe Nº 1251-2025/GRP-440330 y las apreciaciones del referido Informe; observaciones que fueron levantadas mediante Informe Nº 062-2025/GRP-CRP-EACCR del 15 de setiembre del 2025 del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional Piura; Que, mediante Informe Nº 2207-2024/GRP-460000 del 25 de setiembre de 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que resulta factible continuar con el trámite del proyecto de ordenanza regional, elevando el presente expediente al Consejo Regional para que, en estricto ejercicio de sus atribuciones y competencias establecidas en el artículo 15 de la Ley Nº 27867 evalúe y, de ser el caso, emita la Ordenanza Regional ya que la proposición normativa cumple con los requisitos formales para su aprobación y no contraviene los preceptos legales establecidos al ser un tema declarativo; además, remitir al Equipo Líder BIM en el Gobierno Regional Piura para su evaluación e informe técnico correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 1411-2025/GRP- 400000 del 01 de octubre 2025, la Gerencia General Regional remite al Consejo Regional el expediente 998 732 784 ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: