Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 6 de noviembre de 2025 El Peruano / EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido la invitación de la International Association of Insurance Supervisors (IAIS), para participar en la IAIS Annual Conference 2025 and Committee Meetings, que se realizarán del 10 al 14 de noviembre de 2025 en la ciudad de Tirana, República de Albania; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en los referidos eventos son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que es miembro asociado de la IAIS, organismo internacional de supervisores de seguros y reguladores de más de 200 jurisdicciones, responsable de desarrollar estándares internacionales para el sector de seguros y ayudar en su implementación mediante un marco de principios, material de apoyo y actividades para los supervisores de seguros. Asimismo, es miembro del Executive Committee (ExCo) y del Macroprudential Committee (MPC); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva N° SBS-DIR-SBS-085-27 que establece Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto y la Resolución SBS N° 04357-2024 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Carlos Francisco Izaguirre Castro , Superintendente Adjunto de Seguros, del 09 al 15 de noviembre de 2025 a la ciudad de Tirana, República de Albania, para participar en los eventos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 3 617,31 Viáticos US$ 3 780,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2454795-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Ordenanza Regional que declara de Interés Público y Prioridad Regional la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, aprueba la creación y la conformación del Consejo Regional Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDNNA en la Región Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 540- AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO:Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Constitución Política del Perú, la ley Nro. 27783 de Bases de la Descentralización; Ley Nro. 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; Ley N°26518, ley del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente; Ley N°27337, Código de los Niños y Adolescentes, y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, N° 010-AREQUIPA y N° 154-AREQUIPA y sus modi fi catorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 301-AREQUIPA, N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA, N° 403-AREQUIPA Y N°490-AREQUIPA.SE HA APROBADO LO SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO Y PRIORIDAD REGIONAL LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, APRUEBA LA CREACIÓN Y LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - COREDNNA EN LA REGIÓN AREQUIPA Artículo 1°.- DECLARAR de interés público y prioridad regional la protección integral de niñas, niños y adolescentes en el ámbito de la Región Arequipa, implementándose de forma transversal en cada entidad pública, privada y sociedad civil, los mecanismos, medidas y políticas orientadas para el efectivo ejercicio de sus derechos humanos. Artículo 2°.- APROBAR , la creación del Consejo Regional Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Arequipa - COREDNNA Región Arequipa, de naturaleza permanente, que tendrá por objeto constituir una instancia de articulación que promueva la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas regionales en el tema de niñez y adolescencia, garantizando de esta manera la protección integral a favor de niñas, niños y adolescentes, en la jurisdicción de la Región Arequipa. Artículo 3°.- CONFORMAR , el Consejo Regional Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Arequipa – COREDNNA Región Arequipa, integrado por el/la titular de las siguientes instituciones: 1. Gobernación Regional de Arequipa, a cargo de la Presidencia. 2. Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, en la Secretaría Técnica. 3. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. 4. Gerencia Regional de Educación.5. Gerencia Regional Ambiental.