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42 NORMAS LEGALES Jueves 6 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, el numeral 9.4 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29664, establece como funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, entre otros, promover la estandarización y articulación de los protocolos de operación de todas las entidades que participan en el proceso de respuesta, así como la ejecución de simulacros y simulaciones, efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas; Que, por su parte, mediante Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 001-2025-PCM/SGRD, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 22 de febrero de 2025, se aprobó el cronograma de ejecución de Simulacros y Simulaciones para los años 2025 - 2027, con la fi nalidad de fortalecer las capacidades de preparación, respuesta y rehabilitación de la población y de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Que, asimismo, el literal b), del artículo 4, de la mencionada Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 001-2025-PCM/SGRD, autoriza al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), a regular mediante Resolución Jefatural, la Directiva para la organización, ejecución y evaluación de los ejercicios de simulacro y simulación aprobados por el artículo 1, de la indicada Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres”; Que, en virtud a lo dispuesto por artículo 49 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI, la Dirección de Preparación, es un órgano de línea que depende de la Jefatura, responsable de formular la propuesta de normas, lineamientos técnicos y estrategias inherentes al proceso de preparación, para el planeamiento e implementación, así como realizar acciones de preparación que contribuyan a una óptima respuesta en los tres niveles de gobierno y de la sociedad; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 57, literal f), del citado Reglamento, menciona como una de las funciones entre otras de la Subdirección de Gestión de Recursos para la Respuesta de la Dirección de Preparación “proponer, organizar, ejecutar y evaluar los simulacros y simulaciones a nivel nacional, así como promoverlos en los tres niveles de gobierno”; Que, aunado a ello, el artículo 40, señala que la Dirección de Políticas, Planes, Evaluación y Estadística, es un órgano de línea que depende de la Jefatura, responsable de proponer los contenidos de la Política Nacional y del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en lo referido a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, realizando el seguimiento y evaluación de la implementación; así como asesorar, coordinar, conducir y validar los lineamientos para el desarrollo de instrumentos técnicos; y brindar asistencia a integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD sobre el marco normativo y la formulación de planes y normas, en el marco de las políticas de Estado”; Que, bajo ese contexto normativo, mediante Memorando de Vistos, la Dirección de Políticas, Planes Evaluación y Estadística propone la aprobación de la Directiva para la “Organización, Ejecución y Evaluación del Ejercicio de Simulación ante Sismo de Gran Magnitud Seguido de Tsunami en la Costa Central del Perú para los años 2025 - 2027”, en razón a los argumentos desarrollados en los Informes Técnicos de Vistos; Que, en ese sentido, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la Directiva para la “Organización, Ejecución y Evaluación del Ejercicio de Simulación ante Sismo de Gran Magnitud Seguido de Tsunami en la Costa Central del Perú para los años 2025 - 2027”; Con las visaciones del Gerente General; del Director de la Dirección de Preparación; de la Directora de la Dirección de Políticas, Planes Evaluación y Estadística; y, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664 “Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres”, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº1587 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 060-2024-PCM; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI; y, la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 001- 2025-PCM/SGRD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 000012-2025-INDECI/GG “Organización, Ejecución y Evaluación del Ejercicio de Simulación ante Sismo de Gran Magnitud Seguido de Tsunami en la Costa Central del Perú para los años 2025 - 2027”, en veinticinco (25) páginas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional (www.gob.pe/indeci), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano 1. Artículo 3.- Disponer que la Gerencia General remita copia a la Dirección de Preparación; a la Dirección de Políticas, Planes Evaluación y Estadística; y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO MANUEL LOZADA FRIAS Jefe del INDECI 1 El Instituto Nacional de Defensa Civil precisa que el Anexo de la Resolución Jefatural N° 000167-2025-INDECI/JEF, se podrá visualizar en el Portal Institucional (https://indeci.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. 2455603-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban la Guía Técnica “Guía de Práctica Clínica para el Tamizaje de Cáncer de Próstata en el Primer Nivel de Atención” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000179-2025-INS/PE Jesús María, 4 de noviembre del 2025VISTOS: El Expediente N° CETSSDGPC20250000050, que contiene el Informe Técnico Sustentatorio N° 000011-2025-INS/CETS-SDGPC y Proveído N° 000180-2025-INS/CETS del Centro de Evaluación de Tecnologías en Salud, el Proveído N° 000074-2025-INS/DISAP e Informe N° 000036-2025-INS/DISAP-SUDPON-BJCQ de la Dirección de Salud Pública, el Proveído N° 00252-2025-INS/OPPM e Informe N° 000019-2025-INS/OPPM-UMDO de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° 000125-2025-INS/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, conforme al artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1504, que fortalece al Instituto Nacional de Salud - INS para la prevención y el control de las enfermedades, el INS es un Órgano Público Técnico Especializado, con personería