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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 6 de noviembre de 2025 El Peruano / renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. 15 de Octubre s/n, distrito de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash; Que, mediante O fi cio Nº 24209-2025-MTC/17.03 de fecha 22 de julio de 2025, la Dirección de Circulación Vial, en adelante DCV, consultó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, si el CITV registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, con O fi cio Nº 25393-2025-MTC/17.03 de fecha 05 de agosto de 2025, noti fi cado en la misma fecha, la DCV formuló observaciones a la solicitud presentada por el CITV, respecto a requisitos documentales y recursos humanos; requiriéndole la subsanación dentro del plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-363471-2025 de fecha 13 de agosto de 2025, SUTRAN remitió el O fi cio Nº D000680-2025-SUTRAN-GPS de la misma fecha, a través del cual señala que el CITV no registra sanción de la naturaleza consultada; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-369146-2025 de fecha 18 de agosto de 2025, el CITV subsanó las observaciones comunicadas con O fi cio Nº 25393- 2025-MTC/17.03; respecto a requisitos documentales y recursos humanos; Que, en atención a la solicitud formulada con Hoja de Ruta Nº E-384478-2025 de fecha 26 de agosto de 2025; mediante O fi cio Nº 28190-2025-MTC/17.03 de fecha 26 de agosto de 2025, se concedió al CITV la suspensión del cómputo de plazo del procedimiento administrativo, por quince (15) días hábiles; a computarse desde el 26 de agosto de 2025 hasta el 15 de septiembre de 2025; Que, en atención a la solicitud formulada con Hoja de Ruta Nº E-419167-2025 de fecha 15 de septiembre de 2025; mediante O fi cio Nº 31983-2025-MTC/17.03 de fecha 23 de septiembre de 2025, se concedió al CITV la suspensión del cómputo de plazo del procedimiento administrativo desde el 16 hasta el 29 de septiembre de 2025; Que, a través de la Hoja de Ruta Nº E-445733-2025 de fecha 30 de septiembre de 2025, el CITV presentó documentación complementaria a su solicitud de renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, consistente en plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria; Que, mediante Informe Nº 241-2025-MTC/17.03.01/ aacr/ramp de fecha 02 de octubre de 2025, que versa sobre el análisis del plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV cumple con el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, con O fi cio Nº 33444-2025-MTC/17.03 de fecha 07 de octubre de 2025, se procedió a comunicar al CITV, la programación de la inspección in situ, para el día 10 de octubre de 2025, con el objeto de veri fi car el cumplimiento de las condiciones y requisitos para acceder a la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 160-2025- MTC/17.03.01 de fecha 10 de octubre de 2025, se realizó la inspección in situ en el local ubicado en Av. 15 de Octubre s/n, distrito de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, constatándose que cumple con las condiciones de equipamiento, recursos humanos e infraestructura inmobiliaria, señaladas en el Reglamento y normas complementarias; Que, mediante Hojas de Ruta Nº E-469085-2025 y Nº E-470230-2025, ambas de fecha 14 de octubre de 2025, el CITV actualizó los contratos de trabajo que vencieron durante la evaluación de la solicitud, celebrados con integrantes de su nómina de personal; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi có que el CITV cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. 15 de Octubre s/n, distrito de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, en el marco de lo establecido en el Procedimiento Administrativo “DCV-024: Renovación de la autorización como centro de inspección técnica vehicular - CITV” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 y el artículo 43 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0313-2025-MTC/17.03.01, corresponde emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025- 2008-MTC y sus modi fi catorias; el Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especi fi caciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- RENOVAR a la empresa CITV VTA S.A.C., por el plazo de cinco (05) años, la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. 15 de Octubre s/n, distrito de Ranrahirca, provincia de Yungay, departamento de Áncash, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 199-2020-MTC/17.03 de fecha 10 de septiembre de 2020. Artículo 2.- La empresa CITV VTA S.A.C., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- PRECISAR que el personal técnico acreditado de la empresa CITV VTA S.A.C., es el siguiente: NOMBRES Y APELLIDO S CARGO ALDO JEHESON ZAPATA VERAINGENIERO SUPERVISOR TITULAR ELVIS MARCO LEON MORALESINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE HEBERT ORONCIO HUERTA MACHCO INSPECTORESWILDER EUGENIO HUARCA MENDEZ JEAN POUL MILLA MACHCO OSCAR ELEAZAR GONZALES GOMEZ Artículo 4.- ESTABLECER que la empresa CITV VTA S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 02 de marzo de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 02 de marzo de 2027