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18 NORMAS LEGALES Domingo 9 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, artículo 12 de la Ley N° 29778, dispone que el SINADIF es el conjunto de entidades públicas del Estado vinculadas funcionalmente con la fi nalidad de articular, armonizar y garantizar la ejecución de las acciones del Estado mediante el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y locales, así como de las organizaciones representativas de la sociedad civil en los espacios de frontera del país, promoviendo, orientando y coordinando adecuadamente el desarrollo fronterizo sostenible y la integración fronteriza, dentro del marco de los lineamientos de las políticas sectoriales y de los compromisos asumidos en el ámbito internacional; Que, en el artículo 14 de la Ley Nº 29778 se establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano rector del SINADIF, encargado de determinar las normas y procedimientos relacionados con la fi nalidad del sistema; Que, de conformidad con los artículos 13 y 16 de la mencionada Ley Nº 29778, uno de los componentes del SINADIF es el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza (CONADIF), el mismo que se constituye en la máxima instancia multisectorial encargada de formular, conducir y evaluar la política de Estado en materia de desarrollo de fronteras e integración fronteriza; así como promover, coordinar y evaluar su cumplimiento, en concordancia con lo establecido en el referido artículo 44 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, mediante el artículo 23 de la misma norma legal, se dispone que la Secretaría Ejecutiva del CONADIF está a cargo de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 29778, el CONADIF está conformado por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside; el Ministro de Defensa; el Ministro del Interior; los ministros de Estado de acuerdo a los temas de agenda; los presidentes de los gobiernos regionales de frontera; tres alcaldes representantes de las municipalidades provinciales de frontera; tres alcaldes representantes de las municipalidades distritales de frontera; y el Director Ejecutivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2013- RE se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29778, Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza, disponiéndose en su artículo 19 que la designación de los tres alcaldes representantes de las municipalidades provinciales de frontera y de los tres representantes de las municipalidades distritales de frontera, que integran el CONADIF, se realiza previo proceso de elecciones convocado por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva del CONADIF, y el apoyo de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); Que, en dicho contexto, el 06 de junio de 2025 se emitió la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 005- 2025-PCM/SD, a través de la cual se convocó al proceso de elecciones para la designación de los tres alcaldes representantes de las municipalidades provinciales de frontera y de los tres alcaldes representantes de las municipalidades distritales de frontera que integrarán el CONADIF, designándose además a los miembros del Comité Electoral encargado de conducir dicho proceso; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 008-2025-PCM/SD, de fecha 19 de setiembre de 2025, se proclama a los alcaldes provinciales y distritales de frontera que representarán a sus pares en las sesiones del CONADIF; Que, el numeral 19.8 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29778, Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza, establece que la formalización de la designación de los candidatos que hayan resultado ganadores en el proceso de elección antes mencionado se hará mediante resolución ministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores, en su calidad de órgano rector, por lo que a fi n de dar cumplimiento a dicho mandato resulta necesario emitir la presente resolución; Con el visado de la Dirección General de América, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza y de la Ofi cina General de Asuntos Legales;Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 29778, Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2013-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación de alcaldes provinciales de frontera para integrar Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza Se formaliza la designación de las siguientes autoridades provinciales de frontera, como integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza – CONADIF: 1.1 Alcalde de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, Christhian Anwar Aguayo Infante. 1.2 Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, Janet Yvone Castagne Vásquez. 1.3 Alcalde de la Municipalidad Provincial de Sandia, departamento de Puno, Berly Hernán Tacca Yana. Artículo 2.- Designación de alcaldes distritales de frontera para integrar Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza Se formaliza la designación de las siguientes autoridades distritales de frontera, como integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza – CONADIF: 2.1 Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, Fredy Remberto Rosales Reto. 2.2 Alcalde de la Municipalidad Distrital de Teniente Manuel Clavero, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, Alcides Rogelio Arévalo Durand. 2.3 Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pusi, provincia de Huancané, departamento de Puno, Delfín Colca Colca. Artículo 3.- Noti fi cación Se dispone que la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza – CONADIF, noti fi que la presente resolución a las autoridades provinciales y distritales señaladas en los artículos precedentes. Artículo 4.- Publicación Se dispone la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www. gob.pe/rree), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO DE ZELA Ministro de Relaciones Exteriores 2456484-1 SALUD Designan Director Adjunto de la Dirección General del Hospital María Auxiliadora RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº D000078-2025- DVMPAS-MINSA Jesús María, 7 de noviembre del 2025Visto , el Expediente N° DVMPAS20250000508;