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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 20 de noviembre de 2025 El Peruano / Nº 0080-2025-MIDAGRI y Nº 0089-2025-MIDAGRI, el cual establece entre otros, su estructura funcional, y las funciones de cada una de las unidades que la conforman; Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Estado, estipula el derecho fundamental de acceso a la información: “toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier Entidad Pública en el plazo legal y con el costo que irrogue este pedido”; Que, el numeral 1 del artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación asegurando que su actividad se realice con arreglo a criterios de eficiencia, que procuren una gestión que optimice los recursos disponibles, procurando la innovación y el mejoramiento continuo; Que, el numeral 2 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019- JUS y su modificatorias, el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el artículo 1 y el numeral 8.2 del artículo 8 del Reglamento de la citada Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS señala, que las máximas autoridades de las entidades designarán a los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información, mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en un “lugar visible de su Sede Central y en cada uno de sus Órganos Desconcentrados y/u Oficinas Desconcentradas. Opcionalmente, puede publicar la Resolución en el Diario Oficial El Peruano”; Que, en mérito a dicha normativa, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 102-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designó al señor Andersson Rivelino Marcelo Pomiano como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, y se ratificó a la señora Laura Angelica Chacaltana Carlos como Responsable Alterna de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL ambos en adición a las funciones que vienen desempeñando en la Unidad de Administración de la Entidad; Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 26 y los literales g) e i) del artículo 27 del MOP, la Unidad de Administración, tiene como una de sus funciones, atender las solicitudes de Acceso a Información Pública presentadas ante el Programa, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias; Que, mediante Carta Nº 001-2025-ARMP el señor Andersson Rivelino Marcelo Pomiano presentó renuncia a la designación como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central; Que, mediante Informe Nº 256-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA la Unidad de Administración solicita dar por concluida la misma, y en su lugar solicita la designación de la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua como Responsable Titular de brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, en adición a sus funciones; Que, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que la servidora propuesta viene ejerciendo funciones de Contadora Pública Colegiada en la Unidad de Administración, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; Que, mediante Informe Legal Nº 483-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ la Unidad de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente viable designar a la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público de la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, en adición a las funciones que viene desempeñando; Que, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 8 del MOP, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa; ejerce la representación legal y la titularidad de la Entidad, y tiene como una de sus funciones la de aprobar, modificar y dejar sin efecto normas técnico-operativas o administrativas internas, o de otros instrumentos que requiera el Programa para su funcionamiento, en el marco de la normatividad vigente; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2020-MIDAGRI, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS; y en uso de las facultades conferidas en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 137-2021-MIDAGRI, y sus modificatorias;; Contando con el visto del Jefe de la Unidad de Administración, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Andersson Rivelino Marcelo Pomiano como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, efectuada con la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 102-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE. Artículo 2.- Designar a la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, en adición a las funciones que viene desempeñando como Contadora Pública Colegiada en la Unidad de Administración de la Entidad. Artículo 3.- Dejar subsistente el artículo 3 de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 102-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE de fecha 5 de mayo de 2025. Artículo 4.- Disponer que los Responsables designados cumplan las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada por Decreto Supremo Nº 021- 2019-JUS y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2024-JUS, y demás normas de la materia. Artículo 5.- Disponer que los servidores de todas las Unidades Funcionales de la Entidad, proporcionen la información y documentación que solicite la Responsable de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad. Artículo 6.- Notificar la presente resolución a la responsable designada; así como, a la Unidad de Administración para los fines correspondientes. Artículo 7.- Publicar la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural). Regístrese, comuníquese y publíquese. GUDBERTO CARRERA PADILLA Director Ejecutivo 2460271-1