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19 NORMAS LEGALES Jueves 20 de noviembre de 2025 El Peruano / Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLY NADIR SHICA SEGUIL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2460552-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO N° 262-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, dispone que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, a propuesta del Titular de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Oficio N° 04766-2025-MINDEF/ SG, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a su favor, para financiar los gastos vinculados a la participación de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, en acciones orientadas a mantener el control del orden interno en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, en el marco del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 124- 2025-PCM; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00514-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 4483- 2025-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 4113-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina el costo estimado para financiar la Bonificación por Alto Riesgo a la Vida del personal militar que desarrolla acciones en las zonas declaradas en Estado de Emergencia, mediante el Decreto Supremo N° 124-2025-PCM, conforme a la información remitida por el Ministerio de Defensa; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 6 228 118,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 6 228 118,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa, para financiar los gastos vinculados a la participación de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, orientados a mantener el control del orden interno en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, en el marco del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 124-2025- PCM, y conforme a lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 6 228 118,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 228 118,00 ========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : M. de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 624 100,00 2.3 Bienes y Servicios 1 904 018,00 2.5 Otros Gastos 700 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 228 118,00 ========== 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Defensa”, que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.