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99 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la municipalidad provincial de su circunscripción; Que, el artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, el artículo cuarto de la disposición fi nal de la Ordenanza N° 533-2025/MDA, publicada en el diario ofi cial ¨El Peruano¨ el 16 de abril de 2025, faculta al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de dicha Ordenanza y/o dicte las disposiciones modi fi catorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su correcta aplicación; Que, mediante Informe N° 136-2025-GATYR/MDA de fecha 29 de agosto de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas remite en su informe el Proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga los bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Ancón; Que, mediante Memorándum N° 2237-2025-GM/MDA de fecha 29 de agosto de 2025, la Gerencia Municipal solicita opinión legal a la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos respecto a la Prórroga de la Ordenanza que bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Ancón para que se proceda con la emisión del Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe N° 417-2025-OGSGYAJ/ MDA de fecha 29 de agosto de 2025, la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos emite opinión legal favorable, respecto a la Prórroga mediante Decreto de Alcaldía de la Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales e incentivos por pronto pago del ejercicio 2025 y años anteriores en el distrito de Ancón hasta el 30 de setiembre de 2025; Que, mediante Memorándum N° 2242-2025-GM/MDA de fecha 29 de agosto de 2025, la Gerencia Municipal remite los actuados de la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos respecto a la Prórroga de la Ordenanza que bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Ancón para que se proceda con la emisión del Decreto de Alcaldía; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42 y el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la Ordenanza N° 533-2025/MDA, que otorga bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Ancón. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que el presente Decreto de Alcaldía tendrá vigencia de treinta (30) días; por lo que regirá a partir el 1 de setiembre y concluirá el 30 de setiembre del 2025. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas competentes, el cumplimiento estricto y difusión de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos la publicación del texto del presente Decreto en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano la publicación en el Portal Institucional. https://www.gob. pe/muniancon. Regístrese, publíquese y cúmplase. SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE Alcalde 2436872-1 Reprograman fecha de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ancón, correspondiente al ejercicio fiscal 2025 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2025/MDA Ancón, 9 de setiembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe Nº 0255-2025-OGPPPI/MDA de fecha 05 de septiembre de 2025, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum Nº 2296-2025-GM/ MDA de fecha 05 de septiembre del 2025, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 434-2025-OGSGyAJ/ MDA de fecha 09 de septiembre de 2025, emitido por la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; el Memorándum Nº 2324-2025-GM/MDA de fecha 09 de septiembre de 2025, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto de Alcaldía N.º 004- 2025/MDA, de fecha 30 de abril de 2025, se aprobó el cronograma correspondiente a la Primera y Segunda Audiencia de Rendición de Cuentas del ejercicio fi scal 2025. De acuerdo con dicho cronograma, la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se encuentra programada para el día 26 de septiembre de 2025, a las 16:00 horas, en el Campo Deportivo Primavera; Que, mediante Informe Nº 0255-2025-OGPPPI/MDA de fecha 05 de septiembre de 2025, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones remite a la Gerencia Municipal la propuesta de Actualización del Decreto de Alcaldia que aprueba el cronograma de Audiencias Públicas de la Municipalidad Distrital de Ancón, con la fi nalidad de reprogramarlo para el día 30 de septiembre de 2025; Que, con Informe Nº 434-2025-OGSGyAJ/MDA de fecha 09 de septiembre de 2025, la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos, emite opinión favorable respecto a la propuesta de reprogramar la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas para el día 30 de septiembre de 2025. Ello, en tanto se mantiene el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la Ley N.º 31433 y además se garantiza una mejor convocatoria y mayor participación ciudadana, fortaleciendo así la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión municipal; Que, mediante Memorándum Nº 2324-2025-GM/MDA, de fecha 09 de septiembre de 2025, la Gerencia Municipal remite los actuados para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente a la actualización del cronograma de la segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de