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33 NORMAS LEGALES Viernes 17 de octubre de 2025 El Peruano / brindada mediante el Memorándum N° 01442-2025- SUNARP/OTI; Que, la O fi cina de Asesoría mediante el Informe N° 01055-2025-SUNARP/OAJ, concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba las mejoras funcionales en la Plataforma “Síguelo Plus”, asimismo, señala que el acto resolutivo corresponde sea emitido por la Superintendencia Nacional de conformidad con lo dispuesto en el literal i) e y) del artículo 11 Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 125-2024-SUNARP-SN; y, contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina de Tecnologías de la Información, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de las mejoras funcionales en la Plataforma “Síguelo Plus” Aprobar las mejoras funcionales en la plataforma “Síguelo Plus”, las cuales permitirán al administrado visualizar la siguiente información referida a la prórroga extraordinaria regulada en el artículo 27 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN, y pronunciamientos del Tribunal Registral: a) Fecha actualizada de la vigencia del asiento de presentación. b) Acceso y descarga de la resolución de prórroga extraordinaria emitida por la Unidad Registral o las Coordinaciones competentes, según corresponda. c) Acceso y descarga de la resolución de nulidad, recti fi cación o aclaración de un título apelado; emitida de ofi cio, por el Tribunal Registral. Artículo 2.- Entrada en vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del 17 de octubre de 2025. Artículo 3.- Periodo de adaptación y mejora Disponer un periodo inicial de adaptación y mejora de las nuevas funcionalidades de “Síguelo Plus” aprobadas en el artículo 1, que culmina el 5 de noviembre de 2025, a efectos de supervisar el adecuado funcionamiento del mismo, el cual estará a cargo de la Dirección Técnica Registral y de la O fi cina de Tecnologías de la Información. Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2447922-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Designan Contadora General del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 112-2025-FMP/P Lima, 15 de octubre de 2025VISTO: El Memorándum N° 752-2025-FMP/DE del 13 de octubre 2025 del Director Ejecutivo (e) del Fuero Militar Policial, Carta de Renuncia s/n del 11 de julio 2025 y Carta N° 08-2025-KTRCH del 31 de julio 2025 de la Contadora Pública Colegiada Karin Teresa RAMIREZ CHINARRO, el Informe de Cumplimiento N° 015-2025-FMP/DE/DRRHH del 07 de octubre 2025 de la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 168-2025-FMP/OAJ del 14 de octubre 2025 del Jefe (e) de la O fi cina de Asesoria Legal del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial; Que, la Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y Directivos de libre designación y remoción”, establece: “Artículo 1°.- Objeto de la ley.- La presente ley tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial”, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su artículo 8° dentro de las funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece numeral ”8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de con fi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia”, entre otros”; Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM de fecha 18 de mayo 2022, establece: Artículo 2° Responsabilidades 2.1. Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su designación o en el marco de la adecuación al presente reglamento, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos para el acceso a dichos cargos o puestos; Que, el TUO de la Ley N° 27444, aprobado mediante D.S. N° 004-2019-JUS, establece: “Artículo 17° numeral 17.1 La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, mediante Resolución Administrativa N° 002-2025-FMP/P del 06 de enero 2025, se designó a la CPC Karin Teresa RAMIREZ CHINARRO en el cargo de con fi anza de Contadora General de la Dirección de Administración y Finanzas del Fuero Militar Policial; Que, la CPC Karin Teresa RAMIREZ CHINARRO mediante Carta de Renuncia s/n del 11 JUL 2025 presentó su renuncia irrevocable al cargo de Jefa de la O fi cina de Contabilidad, solicitando exoneración de los 30 días de preaviso, y mediante Carta N° 08-2025-KTRCH del 31 de julio 2025 (ingresada Mesa de Parte el 04 de agosto 2025), presento su renuncia irrevocable al cargo de Confi anza de Director Ejecutivo del indica que con fecha 11 de julio 2025, presentó renuncia irrevocable a su cargo, solicitando exoneración de los 30 días de preaviso, y al haber transcurrido más de 03 días, se acoge al “silencio administrativo”, conforme al literal c) del numeral 13.1 del artículo 13° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057;