TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Viernes 17 de octubre de 2025 El Peruano / (corporativa) de Lambayeque, Distrito Fiscal de Lambayeque. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3566-2023-MP-FN, de fecha 20 de diciembre de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, y, como Coordinadora General del referido Equipo Especial, con retención de su cargo de carrera. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 479-2024-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2024, se resolvió nombrar al abogado Javier Ricardo Idrogo Rodríguez, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, con retención de su cargo de carrera; así como a la abogada Luz Marleny Rimarachin Vásquez, como fi scal adjunta provincial provisional del mismo distrito fi scal, designándola en la referida fi scalía corporativa especializada. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde y, de acuerdo al numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, su designación en el órgano fi scal respectivo corresponde al Fiscal de la Nación. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación y conforme al marco normativo antes citado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero al cargo de fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como a su designación en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto” y como Coordinadora General del referido Equipo Especial. Asimismo, considerando que la referida fi scal retiene cargo de carrera como fi scal provincial titular especializada en delitos de corrupción de funcionarios (corporativa) de Lambayeque, corresponde designarla conforme a su título de nombramiento en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, para lo cual será necesario previamente dar por concluido el nombramiento y designación del abogado Javier Ricardo Idrogo Rodríguez señalado en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Consiguientemente, estando a que el abogado Javier Ricardo Idrogo Rodríguez, tiene retención de su cargo de carrera como fi scal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Lambayeque, y que se colige de su desempeño funcional que ha laborado en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, así como lo señalado en el informe de vistos, se estima oportuno que sea designado en la citada fi scalía, para lo cual previamente se deberá concluir la designación de la abogada citada en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Por otra parte, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3548-2023-MP-FN, de fecha 19 de diciembre de 2023, se resolvió designar al abogado Alfonso Federico Barrenechea Cabrera, fi scal provincial titular mixto de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente competencia territorial del Distrito Fiscal de Lima Este, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaycán. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal adjunto provincial —pendiente de ocupar— en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo. El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, al generarse una plaza de fi scal superior por ocupar en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, tras la renuncia de la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, y según el informe Nº 00094-2025-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 13 de octubre de 2025, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Alfonso Federico Barrenechea Cabrera para que ocupe el cargo en la referida plaza; asimismo, designarlo, en adición a sus funciones como Coordinador General del referido Equipo Especial, para lo cual será necesario previamente dar por concluida su designación señalada en el décimo párrafo de la parte de considerativa de la presente resolución; del mismo modo, advirtiendo una plaza de fi scal adjunto provincial en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo pendiente de ser cubierta, se ha considerado oportuno designar a la abogada Luz Marleny Rimarachin Vásquez, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en el citado despacho. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”; así como su designación como Coordinadora General del