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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (17/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Viernes 17 de octubre de 2025 El Peruano / INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete a Cuba, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 462-2025- UNDC/CO Cañete, 14 de octubre de 2025 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS: El Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 14 de octubre de 2025; PROVEÍDO Nº 826700-2025 de fecha 14 de octubre de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME LEGAL Nº 429 -2025-UNDC/ OAJ-JLOC de fecha 13 de octubre de 2024 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; OFICIO Nº 1616-2025- UNDC/CO/MJRH/P de fecha 13 de octubre de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME Nº 1054-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 09 de octubre de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME Nº 163-2025-UNDC/PCO/OPP/UPPM/DZDH de fecha 09 de octubre de 2025 emitido por el Analista de Presupuesto; OFICIO Nº 1587-2025-UNDC/ CO/MJRH/P de fecha 05 de octubre de 2025 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; CARTA de fecha 17 de septiembre de 2025 presentado por la Universidad de Matanzas, Cuba, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley Nº 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo Nº 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (...). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 052-2025-MINEDU de fecha 27.05.2025, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Mauro Juan Ramirez Herrera, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dr. Juvenal Castromonte Salinas como Vicepresidente Académico y Dr. Jorge Rafael Diaz Dumont, como Vicepresidente de Investigación; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y sus modi fi catorias, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales Nº 055-2022-MINEDU, Nº 053-2023-MINEDU y Nº 077-2025-MINEDU; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; señalan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deben ser publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje y deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad, debiendo sustentar el interés nacional o institucional; Que, por su parte, el numeral 7.2.5 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 130-2025-UNDC/CO, establece que los viáticos por comisión de Servicios al exterior del país se calculan por cada día que dure la misión o fi cial o evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a países de otro continente ; Que, mediante el O fi cio Nº 1587-2025-UNDC/CO/ MJRH/P de fecha 05.10.2025, el Dr. Mauro Juan Ramirez Herrera, Presidente de la Comisión Organizadora, da a conocer que la Dra. C. Leyda Finalé De la Cruz, Rectora de la Universidad de Matanzas a través de la Carta de fecha 17.09.2025, le ha cursado una invitación para participar en el acto protocolar para la suscripción de la fi rma del convenio especi fi co entre la Universidad de Matanza y la Universidad Nacional de Cañete, así como realizar la visita institucional y recorrido a las instalaciones de la residencia estudiantil donde se encuentran alojado los estudiantes del programa de movilidad estudiantil de la UNDC para el Semestre Académico 2025 - II e intercambiar experiencias con los directivos y profesores que intervienen en el proceso, todo estos actividades se realizan los días 28 y 29 de octubre del presente año, en la ciudad de Matanzas - Cuba; Que, la participación del Dr. Mauro Juan Ramirez Herrera en el referido evento es de interés institucional ya que ostenta el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora y es el representante legal de la universidad, por lo que es necesario su participación en el acto protocolar de la fi rma del Convenio Especí fi co entre la Universidad de Matanzas (Cuba) y la Universidad Nacional de Cañete (Perú), toda vez que dicho evento constituye un espacio clave para la internacionalización académica, el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional y la promoción de la UNDC en el ámbito internacional ; Que, con el Informe Nº 1054-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 09.10.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto quien sustentándose en el Informe Nº 163-2025-UNDC/PCO/OPP/UPPM/DZDH emitido por el Analista de Presupuesto, garantiza el fi nanciamiento del presente viaje del Dr. Mauro Juan Ramirez Herrera al exterior, señalando que los gastos que se efectuarán serán con cargo al Presupuesto Institucional del año