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12 NORMAS LEGALES Domingo 19 de octubre de 2025 El Peruano / 2.2 El Grupo de Trabajo, mediante su Secretaría Técnica, podrá convocar a otras entidades, las que participan en calidad de invitadas a solicitud de la Secretaría Técnica. 2.3 Los integrantes del grupo de trabajo podrán contar con representantes alternos que deberán ser acreditaros siguiendo la misma formalidad que los titulares. 2.4 La participación de los integrantes e invitados del Grupo de Trabajo Multisectorial es ad honorem y su funcionamiento no irroga gastos al erario público. Artículo 3.- Designación de representantes Los representantes son acreditados mediante o fi cio de la Secretaría General del sector correspondiente, dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, al día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 4.- Función del Grupo de Trabajo Multisectorial Es función del Grupo de Trabajo Multisectorial presentar una propuesta normativa que autorice un apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas y para las personas heridas de gravedad con secuelas en las movilizaciones ocurridas el 15 de octubre de 2025. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que asume las siguientes funciones: a) Consolidar los aportes institucionales que puedan formularse respecto al marco normativo aplicable a la propuesta normativa.b) Asumir la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo. c) Llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere. Artículo 6.- Instalación y vigencia El Grupo de Trabajo se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles posteriores a la publicación de la presente norma y tiene un plazo de vigencia de diez (10) días hábiles posteriores a su instalación, el mismo que es prorrogable por una sola vez y por el mismo término. Artículo 7.- Financiamiento La creación del Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 8.- Publicación Se dispone la publicación de la presente norma en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER E. MARTÍNEZ LAURA MinistroMinisterio de Justicia y Derechos Humanos 2449709-1 COMUNICADO OFICIAL Informamos a todas las entidades públicas y a nuestros usuarios que con motivo de la conmemoración del Bicentenario de fundación del Diario O fi cial El Peruano, el próximo 22 de octubre de 2025 , el horario de recepción de publicaciones o fi ciales a través del sistema PGA será de 08:00 a 13:00. Los invitamos a tomar las previsiones necesarias para asegurar la correcta gestión y publicación de los documentos correspondientes. Agradecemos profundamente su comprensión y colaboración. Reafi rmamos nuestro compromiso de seguir ofreciendo un servicio oportuno, con fi able y de calidad al servicio del país. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES