TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Domingo 19 de octubre de 2025 El Peruano / 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, a través de OFICIO Nº 0625-2025-D-FCS- UNA, el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, solicita la autorización de viaje al exterior, ciudad de MEDELLIN – COLOMBIA, de las docentes de la Escuela Profesional de Turismo: Dra. RUTH FRESIA BOZA CONDORENA, Dra. LUZ EGIDIA ARCAYA CHAMBILLA, Dra. NOEMI EMPERATRIZ CAYO VELASQUEZ y Dra. DELIA CONDORI CHURA, con fi nes de participación en calidad de PONENTES del XXXIV CONGRESO DE LA CONFEDERACIÓN PANAMERICANA DE ESCUELAS DE HOTELERÍA, GASTRONOMÍA Y TURISMO (CONPEHT) – 2025 “REDEFINIENDO DESTINOS TURÍSTICOS”, que se llevará a cabo del 20 al 24 de octubre del 2025; conforme con lo aprobado en Consejo de Facultad Extraordinario del 17 de setiembre 2025 y mediante RESOLUCIÓN DECANAL Nº 0883-2025-D-FCS-UNA, la que concede Licencia por Capacitación con Goce de Haber, dada la distancia del lugar del evento, como sigue: del 19 al 26 de octubre 2025 a las docentes Boza y Arcaya, y para las docentes Cayo y Condori a partir del 18 al 27 de octubre del 2025; autorizándose a su vez, la asignación de Bolsa de Viaje a favor de cada una de las docentes antes nominadas, con cargo a recursos directamente recaudados; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: el INFORME Nº 1982-2025-UP-OPP-UNA-PUNO (06-10-2025) de la Unidad de Presupuesto, del cual se in fi ere la existencia de marco presupuestal en la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.07.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales, por el monto total de S/. 11,300.00 Soles su fi nanciamiento se deberá efectuar con fondos de la Maestría en Ciencias Sociales; así como, en la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.07.03 Escuela Profesional de Turismo, por el monto de S/. 3,750.00 Soles; y el INFORME Nº 1666-2025-UPM-OPP-UNA-P (02-10-2025) de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre la veri fi cación de la existencia del registro de la Actividad Operativa relacionada con el pedido: “EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA – RDR”, conforme a las fi chas CEPLAN que trae anexo. Por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 929-2025-OAJ-UNA-PUNO (01-10-2025), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, contiene pronunciamiento favorable para autorizar el viaje al exterior, de los docentes comprendidos en la presente; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 10 de octubre del 2025; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de MEDELLIN - COLOMBIA, de las docentes de la Escuela Profesional de Turismo, Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno - Perú: Dra. RUTH FRESIA BOZA CONDORENA, Dra. LUZ EGIDIA ARCAYA CHAMBILLA, Dra. NOEMI EMPERATRIZ CAYO VELASQUEZ y Dra. DELIA CONDORI CHURA, con fi nes de participación en calidad de PONENTES del XXXIV CONGRESO DE LA CONFEDERACIÓN PANAMERICANA DE ESCUELAS DE HOTELERÍA, GASTRONOMÍA Y TURISMO (CONPEHT) – 2025 “REDEFINIENDO DESTINOS TURÍSTICOS”, que se llevará a cabo del 20 al 24 de octubre del 2025 en Medellin – Colombia; acorde con la RESOLUCIÓN DECANAL Nº 0883-2025-D-FCS-UNA y fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Rectoral. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, se otorgue una bolsa de viaje a favor de las docentes nominadas en el artículo que antecede, con cargo a la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.07.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales, por el monto total de S/. 11,300.00 Soles su fi nanciamiento se deberá efectuar con fondos de la Maestría en Ciencias Sociales; así como, en la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.07.03 Escuela Profesional de Turismo, por el monto de S/. 3,750.00 Soles; de acuerdo al detalle siguiente: N° DOCENTES CENTRO DE COSTOMONTO S/. 1Dra. RUTH FRESIA BOZA CONDORENADecanato de la Facultad de Ciencias Sociales3,750.00