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81 NORMAS LEGALES Viernes 24 de octubre de 2025 El Peruano / la autoridad utilizar más de una forma complementaria, siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2020-MTC que aprueba el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial en Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios” prevé en su Artículo 6 que en materia de tránsito es un documento de imputación de cargos la resolución de inicio, conforme al texto que se acota a continuación: “Art. 6.- Inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial: 6.1. El Procedimiento Administrativo Sancionador Especial se inicia con la noti fi cación al administrado del documento de imputación de cargos, el cual es efectuado por la autoridad competente. 6.2. Son documentos de imputación de cargos los siguientes: […] b) En materia tránsito terrestre: La Papeleta de Infracción de Tránsito o la resolución de inicio. […]”. (énfasis agregado). Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la noti fi cación, de suplir una modalidad con otra y modi fi car el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente: “Artículo 20. Modalidades de noti fi cación 20.1 Las notifi caciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación: (…). 20.1.3 Por publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo”. Que, por consiguiente al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La noti fi cación del acto será practicada de o fi cio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, se tienen RESOLUCIONES GERENCIALES que declara el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) , remitidas por el Área de noti fi cación de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte de la MPC, que declaran el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador - PAS, existe la posibilidad latente de que estas al no ser noti fi cadas, puedan prescribir si su noti fi cación y publicación no se realiza oportunamente; por lo que, conforme a lo dispuesto por el numeral 20.1.3 del TUO de la LPAG, el cual mani fi esta que las noti fi cación se podrán realizar mediante publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional, debe realizarse la publicación correspondiente. Qué, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de noti fi cación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la O fi cina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la noti fi cación (publicación vía edicto) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente ato administrativo. Que, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2013-MPC de fecha 19 de diciembre de 2013; SE RESUELVE:Primero.- DECLARAR, EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las treinta y ocho (38) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) vía publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de notifi caciones establecido en el Art 20º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) conforme al detalle adjunto RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS): NRO. NRO. RESOL. NRO. PAPELETACONDUCTOR CODIGO FECHA 1. 9952-2025 FLAGRANCIA EDWIN GARCIA VALENCIA M-01 16/04/2025 2. 9955-2025 FLAGRANCIA GILBERTO TTITO ROJO M-01 20/03/2025 3. 9962-2025 FLAGRANCIA HUGO HUAMAN CARBAJAL M-02 15/03/20254. 10014-2025 FLAGRANCIA WILBERT RUIZ QUISPE M-02 24/04/2025 5. 10019-2025 FLAGRANCIA WILMAR QUISPE SORNOZA M-02 27/05/2025 6. 10026-2025 FLAGRANCIA ARMANDO CHACMANI ENRIQUEZ M-02 05/04/20257. 10027-2025 FLAGRANCIA WILLIAM HUALLPA SALLO M-02 12/04/2025 8. 10028-2025 FLAGRANCIA WILLIAM HUALLPA SALLO M-02 05/05/2025 9. 10037-2025 FLAGRANCIA MARCO ANTONIO VALVERDE HUAMANI M-02 07/05/2025 10. 10041-2025 FLAGRANCIA LUCHO HUILLCA UÑAPILLCO M-02 12/05/2025 11. 10046-2025 FLAGRANCIA CESAR CURAMPA ZEGARRA M-02 09/04/2025 12. 10051-2025 FLAGRANCIA JOSUE MAURO MAROCHO ORUE M-02 25/05/2025 13. 10052-2025 FLAGRANCIA GASPAR TACUSI LAROTA M-02 16/05/202514. 10065-2025 FLAGRANCIA JULIO CESAR ZAMATA MAMANI M-01 24/03/2025 15. 10071-2025 FLAGRANCIA YONATHAN CHRISTIAN PAUCAR QUISPE M-01 25/05/2025 16. 10073-2025 FLAGRANCIA JOEL YONATAN HUILCAPAZ LOVATON M-01 20/04/202517. 10161-2025 FLAGRANCIA JORGE MEJIA AYALA M-02 30/05/2025 18. 10167-2025 FLAGRANCIA CRISTHIAN FIDEL CASTRO BAYONA M-02 08/06/2025 19. 10173-2025 FLAGRANCIA HUGO BLANCO MACHICAU M-02 15/05/202520. 10187-2025 FLAGRANCIA LUIS GUSTAVO IBARRA CRUZ M-02 11/06/2025 21. 10188-2025 FLAGRANCIA MANUEL JESUS QUISPICHO CHAVEZ M-02 27/05/2025 22. 10271-2025 FLAGRANCIA FIORELLA KARINA OBLITAS GUERRA M-02 04/05/202523. 10274-2025 FLAGRANCIA HECTOR CHAUCA AYALA M-02 24/05/2025 24. 10400-2025 FLAGRANCIA FELIX MAXIMILIANO PEREZ SISAYA M-02 15/05/2025 25. 10408-2025 FLAGRANCIA DENIS VALDAIR MENDOZA SICUS M-02 14/05/2025