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24 NORMAS LEGALES Lunes 27 de octubre de 2025 El Peruano / Aprueban la reducción del Marco Presupuestal, conforme a la Centésima Vigésima Segunda y la Segunda Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 32185 CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL N° 105-2025-GRU-CR Pucallpa, 5 de agosto del dos mil veinticinco POR CUANTO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modi fi cado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley N° 27902, establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 5 determina que: “La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenido de la región; Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal”;Que, el artículo 11° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, respecto a la organización de los gobiernos regionales dentro de su estructura considera al Consejo Regional siendo el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13° de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…)”. De igual forma el artículo 15° de la Ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (…). Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, mediante CITACIÓN N° 000023-2025-GRU-CR-SCR, se dispone como sexto punto de agenda el Expediente N° 1114296 remitido por el Gobernador Regional de Ucayali Sr. MANUEL GAMBINI RUPAY, quien mediante el OFICIO N° 543-2025-GRU-GR de fecha 22 de julio del 2025 solicita la modi fi cación de presupuesto institucional de apertura reducción e incremento del marco presupuestal 2025; Que, mediante INFORME N° 4282-2025-GRU-GR- GGR-GRPP-SGP de fecha 18 de julio del 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto informa a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, que conforme a lo dispuesto en el artículo Centésima Vigésima Segunda de las Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N.º 32185 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que establece que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben adecuar su programación presupuestal en el marco de las metas realistas de ejecución y del fi nanciamiento disponible, se procede a la reducción del marco presupuestal en el Programa de Inversiones, toda vez que: 1. No se cuenta con saldo fi nanciero disponible al 31 de diciembre de 2024 que respalde el marco presupuestal, programado en la formulación para la ejecución del año 2025, el mismo que ha sido justi fi cado con el INFORME N. 039-2025-GRU-GGR-ORA-ET- O fi cina Ejecutiva de Tesorería y el OFICIO N. 0224-2025-GRU. 2. En la formulación y programación del presupuesto para el año 2025, en el Presupuesto Institucional de Apertura, se encuentra aprobado por el ingreso la incorporación de saldo de balance de S/ 62,993,763. 3. Evaluación Presupuestal - Ingresos-Gastos. Normas Legales ActualizadasNLA MANTENTE INFORMADO CONLO ÚLTIMO ENNORMAS LEGALES Utilice estas normas con la certeza de queestán vigentes. INGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas t