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28 NORMAS LEGALES Lunes 27 de octubre de 2025 El Peruano / VISTO: El documento con registro de ingreso Nº 1958 – Informe Nº 756-2025-MDC-OGPP/WJAG de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe Legal Nº 135-2025-OGAJ-MDC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Informe Nº 431-2025-MDC-OGPP/SGMJ de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Carta Nº 07-2025-GG/SVA de la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos, Carta Nº 04-2025-GG/SVA de la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos, Carta Nº 96-2024-GM/MDC de la Gerencia Municipal, Informe Nº 978-2024-MDC-OGPP/SGMJ de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 1825-2024-OGA-MDC/CCF de la O fi cina General de Administración, Informe Nº 615-2024-OGRH/OGA/MDC de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, Carta Nº 49-2024-GG/SVA de la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en tanto dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo VIII, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, conforme a lo establecido por los artículos 6º y 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, el alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; agrega el Art. 39 en su último párrafo que “Las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas”; Que, en el artículo 92º de la Ley Nº 30057 – Ley de Servicio Civil establece que son autoridades del procedimiento administrativo: (…), c) El titular de la entidad. A su vez, el articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento de la Ley del Servicio Civil aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-20214-PCM de fi ne el titular de la entidad como la máxima autoridad administrativa en el caso de gobiernos locales, al Gerente Municipal; Que, en el numeral p), artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Constitución, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2023-MDC/CM de 28 de setiembre del 2023, establece que la Gerencia Municipal, tiene las funciones (…) Emitir Resoluciones de Gerencia Municipal en los ámbitos de su competencia; Que, conforme al artículo 26º de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), precisa que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión y control concurrente y posterior, así como que sus facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2023- MDC/CM de fecha 28 de setiembre del 2023, se aprueba la modi fi cación Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Constitución, publicado en el diario El Peruano el día 25 de diciembre de 2023. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, mediante Informe Nº 615-2024-OGRH/OGA/ MDC de fecha 15 de octubre del 2024, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos remite propuesta y sustentación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Constitución, siendo desarrollada conforme a la normativa y metodología aplicable, brindándole la conformidad técnica y opinión favorable para su aprobación de acuerdo a lo recomendado por SERVIR, para su revisión y validación, el mismo que deberá contar con el informe técnico por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, con Informe Nº 1825-2024-OGA-MDC/CCF de fecha 16 de octubre del 2024, la O fi cina General de Administración remite el Informe Nº 615-2024-OGRH/ OGA/MDC de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, que contiene la propuesta y sustentación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC; Que, con Informe Nº 978-2024-MDC-OGPP/SGMJ de fecha 15 de noviembre del 2024, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite observaciones a la propuesta y sustentación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Constitución, debido a que no cuenta con el Informe Tecnico por parte de la Consultora; Que, con Carta Nº 96-2024-GM/MDC de 19 de noviembre del 2024, la Gerencia Municipal noti fi ca a la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos las observaciones realizadas por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, con Carta Nº 04-2025-GG/SVA de fecha 12 de marzo del 2025, el Representante Legal de la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos presenta el levantamiento de observaciones al Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, con Carta Nº 07-2025-GG/SVA de fecha 09 de abril del 2025, el Representante Legal de la empresa SVA Inversiones, Consultorías y Proyectos, reitera solicitud de aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC mediante acto resolutivo; Que, mediante Informe Nº 431-2025-MDC-OGPP/ SGMJ de fecha 11 de abril del 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicita la revisión del aspecto normativo y opinión legal para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Constitución; Que, mediante Informe Legal Nº 135-2025-OGAJ- MDC de fecha 12 de mayo del 2025, la Jefatura de la O fi cina General de Asesoría Jurídica informa que, en atención al informe de la O fi cina General de Planeamiento, y Presupuesto y áreas técnicas, luego del análisis se colige que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Constitución, se encuentra acorde a los lineamientos exigidos por SERVIR y se someten a las normas que regulan la materia, aunado a ello, se tiene el Informe Tecnico favorable por el jefe de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, sin perjuicio a lo señalado, mediante Informe Legal Nº 128-2025-OGAJ-MDC advirtió la existencia de incongruencias entre la denominación de la Gerencia de infraestructura tanto en el reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama aprobado por Ordenanza Municipal Nº 16-2023-MDC/CM, de modo que, previo a la aprobación del presente instrumento considera necesario aclarar y/o defi nir la nomenclatura correcta de dicha gerencia, a fi n de corregir y homogenizar la información contenida en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, mediante Informe Nº 756-2025-MDC-OGPP/ WJAG de fecha 07 de julio del 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicita la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Constitución, recomendando continuar con los instrumentos de gestión como son el Cuadro para Asignación de Personal y Manual de Per fi les de Puestos; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 72-2025- MDC/CM de fecha 16 de julio del 2025, se aprueba