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149 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2453707-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, que aprueba beneficios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2025-ALC/MPC Callao, 30 de octubre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: Las Ordenanzas Municipales N° 026-2024/MPC y N° 021-2025/MPC , el Informe N° 349-2025-MPC-GAT-SGRT de la Subgerencia de Rentas, el Informe N° 434-2025-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 4530-2025-MPC/OGPMPI-OPR de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 305-2025- MPC/OGPMPI-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, el Memorando N° 358-2025-MPC/ OGPMPI de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el Informe N° 306-2025-MPC/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2780-2025-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42 re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 026-2024/ MPC, se aprobó la “Ordenanza Municipal que aprueba bene fi cios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”; la misma que fue modi fi cada mediante Ordenanza Municipal Nº 021-2025/MPC; Que, la Octava Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para la prórroga de los bene fi cios tributarios contenidos en la misma; Que, mediante Informe N° 349-2025-MPC-GAT-SGRT de fecha 29 de octubre de 2025, la Subgerencia de Rentas propone la prórroga de los bene fi cios antes mencionados hasta el 29 de noviembre de 2025, a fi n de permitir la continuidad en la mejora de los índices de recaudación y el cumplimiento de las metas fi scales; Que, mediante Informe N° 434-2025-MPC-GAT de fecha 29 de octubre de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria derivó el Informe N° 349-2025-MPC-GAT-SGRT a Gerencia Municipal indicando que resulta necesaria la aprobación del Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de los bene fi cios en mención; Que, mediante Memorando N° 358-2025-MPC/ OGPMPI de fecha 29 de octubre de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones hace suyo el Informe N° 305-2025-MPC/OGPMPI-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la cual indica que ha veri fi cado que la propuesta de prórroga se encuentra alineada al Objetivo Estratégico Institucional 11 - “Fortalecer la E fi ciencia en la Gestión Institucional” del Plan Estratégico Institucional – PEI 2025-2030; asimismo, hace suyo el Informe N° 4530-2025-MPC-OGPMPI-OPR de la O fi cina de Presupuesto, el cual recomienda la aprobación de la mencionada prórroga, toda vez que coadyuva a obtener resultados satisfactorios de recaudación general; Que, mediante Informe N° 306-2025-MPC/OGAJ de fecha 29 de octubre de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de las facultades conferidas en el artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, emite opinión legal favorable con respecto a la prórroga de la Ordenanza Municipal 026-2024/MPC denominada Ordenanza Municipal que aprueba bene fi cios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”, modi fi cada mediante Ordenanza Municipal N° 021-2025/MPC, hasta el 29 de noviembre de 2025; Que, mediante Memorándum N° 2780-2025-MPC/GM de fecha 30 de octubre de 2025, la Gerencia Municipal corre traslado a la Secretaría General del Concejo Municipal de los recaudos administrativos, a fi n de proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Estando a las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 20 numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con visto bueno de la Gerencia Municipal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Rentas; DECRETA: Artículo 1.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, denominada Ordenanza Municipal que aprueba bene fi cios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”, modi fi cada mediante Ordenanza Municipal N° 021-2025/MPC, hasta el 29 de noviembre de 2025, según los considerandos expuestos. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, su publicación en el Portal Web Institucional. Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2453771-1