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139 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gabriel Omar Ttito Quispe, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1179-2025-MP-FN, de fecha 16 de abril de 2025. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edwin Wilber Castillo Gonzáles, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2709-2025-MP-FN, de fecha 03 de septiembre de 2025. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1634-2025-MP-FN, de fecha 03 de junio de 2025, que nombra al abogado Rudy Augusto Pillpe Yaranga, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Cuarto.- Reincorporar al abogado Marcos Villalta Infante, como fi scal superior titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio, con competencia nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Sexto Juzgado Constitucional de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través de las resoluciones Nºs 01 y 06, de fechas 27 y 20 de octubre de 2025, respectivamente —signadas en el expediente principal Nº 03420-2025-0-1801-JR-DC-06 e incidente Nº 03420-2025-43-1801-JR-DC-06—; hasta el 31 de diciembre de 2025, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Quinto.- Designar al abogado Marcos Villalta Infante, fi scal superior titular especializado en delitos de lavado de activos y pérdida de dominio, con competencia nacional, en la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos; hasta el 31 de diciembre de 2025. Artículo Sexto.- Designar al abogado Gabriel Omar Ttito Quispe, fi scal provincial titular especializado contra la criminalidad (supraprovincial – corporativo), con competencia nacional, en la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Séptimo.- Designar al abogado Edwin Wilber Castillo Gonzáles, fi scal adjunto provincial titular especializado contra la criminalidad organizada de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento a los abogados Gabriel Omar Ttito Quispe y Edwin Wilber Castillo Gonzáles, que deberán efectuar las correspondientes entregas de cargo en las fi scalías citadas en los artículos primero y segundo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Noveno.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Poder Judicial del Perú, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador nacional de las Fiscalias Especializadas contra la Criminalidad Organizada, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2453895-2SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan difusión del proyecto normativo que modifica normativa relacionada al capital requerido y requerimientos prudenciales del seguro previsional (SISCO) RESOLUCIÓN SBS N° 03810-2025 Lima, 24 de octubre de 2025EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es el organismo encargado de regular, supervisar y fi scalizar las entidades del sistema fi nanciero, sistema de seguros y privado de pensiones, así como a otras entidades cuya supervisión haya sido encargada por otras leyes especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobado por la Ley N.º 26702, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el TUO del Decreto Supremo Nº 054-97-EF y otras leyes; Que, mediante la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley N.º 26702 se establecen disposiciones aplicables a la publicación de proyectos normativos; Que, dicha disposición es concordante con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 004-2019- JUS donde se establece el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, así como con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024- JUS; Que, habiendo culminado el período de sobremortalidad originada por la pandemia COVID-19 y luego de transcurrido un tiempo razonable desde la adopción de las Tablas de Mortalidad SPP 2017, resulta necesario actualizar algunas disposiciones aplicables a empresas de seguros, entre ellas el cálculo del margen de solvencia de los seguros previsionales, así como la metodología de las tasas de actualización para el cálculo del capital requerido con cobertura del modelo de póliza colectiva de administración de riesgos (SISCO); Que, en cumplimiento de lo antes referido la Superintendencia dispone aprobar mediante resolución de Superintendencia sus proyectos normativos y publicarlos en su sede digital con el objetivo de asegurar la participación efectiva del público en general; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Pensiones, de Seguros y de Regulación y Jurídica; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modi fi ca normativa relacionada al capital requerido y requerimientos prudenciales del seguro previsional (SISCO) en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y