TEXTO PAGINA: 133
133 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0048-2025-MP- FN-OREF-JJCP de fecha 24 de octubre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Jhoan Danilo Talenas Espinoza, con e fi cacia anticipada, a partir del 30 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Jhoan Danilo Talenas Espinoza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamalíes, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1364-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 6 de junio de 2024 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 30 de agosto de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Jhoan Danilo Talenas Espinoza que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Jhoan Danilo Talenas Espinoza, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2453780-4 Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3322-2025-MP-FN Lima, 30 de octubre de 2025VISTOS:El ofi cio Nº 004650-2025-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 3 de octubre de 2025 y el informe Nº 00100-2025-MP-FN- OREF-LLA, de fecha 21 de octubre de 2025, y;CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, remite y expresa conformidad a la carta de fecha 2 de octubre de 2025, suscrita por la abogada Sarita Flor Jara Beteta, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Merced – con sede en Chanchamayo, quien presenta su renuncia al cargo por razones estrictamente personales y familiares, señalando como último día de labores el 1 de noviembre de 2025. De lo señalado en el párrafo precedente, se veri fi ca que la renuncia presentada cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN- PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 119-2021-MP-FN, de fecha 27 de enero de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Sarita Flor Jara Beteta, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Merced – con sede en Chanchamayo, con reserva de su plaza de origen. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 00100-2025-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 21 de octubre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Sarita Flor Jara Beteta, a partir del 2 de noviembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Sarita Flor Jara Beteta, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Merced – con sede en Chanchamayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 119-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 27 de enero de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 2 de noviembre de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Sarita Flor Jara Beteta que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Sarita Flor Jara Beteta, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, O fi cina de Registro y Evaluación de