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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (02/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Martes 2 de setiembre de 2025 El Peruano / para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Séptimo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2434018-3 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2692-2025-MP-FN Lima, 1 de septiembre de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 005156-2025-MP-FN-FSCN-FECCO e informe Nº 0021-2025-MP-FN-OREF-EBRV, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, se remite la carta presentada en fecha 13 de agosto de 2025, suscrita por el abogado Miguel Ángel Vejarano Vargas, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En adición a lo señalado en el párrafo precedente, se advierte que el jefe inmediato del abogado renunciante y la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada han otorgado el visto bueno a la citada renuncia, precisando como último día de labores el 22 de agosto de 2025, por lo que la misma cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción ”. En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0021-2025-MP- FN-OREF-EBRV de fecha 26 de agosto de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Miguel Ángel Vejarano Vargas, con e fi cacia anticipada, a partir del 23 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Miguel Ángel Vejarano Vargas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1336-2025-MP-FN, de fecha 5 de mayo de 2025; con e fi cacia anticipada a partir del 23 de agosto de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Miguel Ángel Vejarano Vargas que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Ofi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2434018-4 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Puno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2693-2025-MP-FN Lima, 1 de septiembre de 2025 VISTOS:El o fi cio Nº 002660-2025-MP-FN-PJFSPUNO e informe Nº 0018-2025-MP-FN-OREF-EBRV, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal de Carabaya. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo.