NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (03/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de setiembre de 2025 El Peruano / GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 509 349,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 8 122,00 ============ TOTAL EGRESOS 4 517 471,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y veri fi cación 4.1 El Gobierno Regional de Piura emite un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y fi nanciero de la ejecución de los recursos transferidos mediante el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dichas entidades, hasta el 16 de febrero de 2026, de conformidad con lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 4.2 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de dichos recursos, debiendo elaborar y publicar en su sede digital (www.gob.pe/minsa) un informe sobre las citadas acciones. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2434520-4Designan Directora Ejecutiva de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2025-EF Lima, 2 de setiembre de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2025-EF, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 6 de febrero de 2025, se encarga el puesto de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN al señor Luis Natal Del Carpio Castro, Director de Proyecto de la Dirección de Portafolio de Proyectos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo antes señalado; y designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al puesto de Director/a Ejecutivo/a de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y, la Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de puesto de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN del señor Luis Natal Del Carpio Castro, Director de Proyecto de la Dirección de Portafolio de Proyectos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, dispuesto mediante Resolución Suprema Nº 006-2025-EF. Artículo 2.- Designar a la señora TABATA DULCE VIVANCO DEL CASTILLO en el puesto de Directora Ejecutiva de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2434520-5 EDUCACIÓN Encargan funciones de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Carabaya RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 089-2025- MINEDU Lima, 2 de setiembre de 2025