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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (03/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de setiembre de 2025 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a la República de Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1732-2025-IN Lima, 1 de septiembre de 2025VISTOS, los O fi cios N° 1549-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI y N° 1559-2025-COMOPPOL/ DIRASINT PNP-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 002545-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio N° 362-2025-COMOPPOL. PNP/DIRASINT-DIVCIEA-SEC., del 10 de febrero de 2025, la Jefatura de la División de Cooperación Internacional, Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú remite el Correo N° 0041/AGREPOL-PERU 5.2, de fecha 7 de febrero de 2025, el cual cursa invitación al personal policial para participar de la oferta académica, entre otros, el “Curso Básico en Técnicas y Procedimientos de Vuelo por Instrumentos”, a realizarse del 6 de setiembre al 5 de octubre de 2025, en el municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia; Que, con Informe N° 092-2025-COMOPPOL/ DIRAVPOL-ESCAVI, la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, en la misión de estudios referida precedentemente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 307-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 5 de setiembre al 6 de octubre de 2025, al municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia; precisando que la participación del personal policial resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá fortalecer la preparación técnica y profesional en el ámbito aeronáutico, capacitándolo en la ejecución segura y e fi ciente de operaciones aéreas, por lo cual elevará el nivel de formación de los pilotos policiales. Asimismo, adquirir y perfeccionar competencias técnicas especializadas que garanticen la continuidad de las operaciones aéreas en todo el territorio nacional, incluso en escenarios adversos, y reforzar los conocimientos teóricos y prácticos que sustentan el vuelo por instrumentos, logrando replicar lo aprendido en procesos de capacitación interna, y multiplicar el impacto institucional de la formación recibida; Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), y viáticos parciales (14%) son asumidos por la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000273 y N° 0000000272, respectivamente, asimismo, por concepto de alimentación, alojamiento, seguro médico internacional y el costo del referido curso serán asumidos por el personal policial, conforme sus Declaraciones Juradas de fecha 28 de agosto de 2025, y la Hoja de Estudio y Opinión N° 307-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI. Asimismo, mediante O fi cio N° 1559-2025-COMOPPOL/DIRASINT PNP-DIVABI, remite el Informe N° 085-2025-COMOPPOL-DIRAVPOL/UNIADM/TESORERIA. relacionado al sustento respecto a los viáticos parciales (14%); Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)” ; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 5 de setiembre al 6 de octubre de 2025, al municipio de San Sebastián de Mariquita del departamento de Tolima de la República de Colombia; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;