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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Viernes 5 de setiembre de 2025 El Peruano / Establecimientos que comercialicen o faciliten el consumo de bebidas alcohólicas a menores de edad (discotecas, bares, licorerías (para llevar), videos pub, night club, karaokes, entre otras). Establecimientos que comercialicen bebidas adulteradas, falsi fi cadas o contaminadas que contravengan las disposiciones legales vigentes Establecimientos que permitan que dentro o fuera del mismo se atente contra la salud pública, contra el medio ambiente (incumplan normas sanitarias, emitan olores, humos. emanaciones, ruidos contaminantes, u otros que sean perjudiciales para la salud y/o medio ambiente) Establecimientos que permitan el ingreso y/o permanencia de menores de edad a establecimientos donde les sea prohibido. Establecimientos donde se exceda el aforo señalado por la O fi cina Técnica de Defensa Civil. Establecimientos que continúen con atención al público después de la hora consignada en la Licencia de Funcionamiento Por permitir el acceso a menores de edad a páginas Web de contenido pornográ fi co y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido en las cabinas públicas de Internet. (Ley N o 29139 que modi fi ca la Ley N° 28119) Establecimientos dedicados a servicios de internet que permitan el acceso a menores de edad a páginas web prohibidas a menores (pornográ fi cas) y/o con uniforme en horario de clases. Por no instalar fi ltros en todos los equipos que tengan como objeto impedir la visualización de páginas Web de contenido pornográ fi co. Establecimientos de Hospedajes (hoteles, hostales) que permitan el ingreso de menores de edad a las habitaciones, sin la compañía de sus padres (acreditados) o tutores (con la documentación que demuestre esta relación). Otros supuestos que se encuentren establecidos en norma con rango de Ley. Artículo 8.- PROCEDIMIENTO PARA CLAUSURA TEMPORAL La Sub Gerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal, así como los demás órganos de línea de la Municipalidad Provincial de Cañete, que realicen actos de Fiscalización Administrativa o participen en operativos inopinados organizados por otras autoridades competentes, podrán solicitar la presencia de la Policía Nacional, en la intervención de establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios en la jurisdicción de San Vicente de Cañete”. Al detectarse que el establecimiento comercial, industrial y/o de servicios no cuenta con Licencia de Funcionamiento, Certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones y/o trasgreda las disposiciones municipales señaladas en el Artículo 5 0 de la presente ordenanza, el personal de la Sub Gerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal que cuando por su naturaleza del control sea necesario contar con el apoyo técnico de algún órgano de línea de la Municipalidad Provincial de Cañete, o cuando deba realizarse con algún organismos gubernamental, procederá con la Clausura Temporal, colocando carteles y/o paneles en el local intervenido, pudiendo utilizar precintos u otros medios que impidan el acceso del público, previa grabación en video de todo el proceso, o fotogra fi ando la intervención y con el levantamiento del Acta de Fiscalización Administrativa, dicha Acta será fi rmada por el funcionario representante de la Gerencia de Desarrollo Económico, Territorial y Turístico, así como la fi rma de todos los participantes en la diligencia, la misma que en copia será noti fi cada al titular del establecimiento o a su representante, al fi nalizar la diligencia. Con el levantamiento del Acta de Fiscalización Administrativa, debidamente sustentada se ejecutará la Clausura Temporal de manera preventiva a través del personal de la Sub Gerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal, cuando durante diligencia inopinada y/o coordinada con funcionarios y otras autoridades gubernamentales, se constate la existencia de un peligro inminente para la vida, la salud, la propiedad o la seguridad de las personas, que no pueda ser subsanado en el propio acto de inspección. En el caso que el conductor o el representante del local intervenido se niegue a recepcionar el Acta de Clausura Temporal, ésta se dejará adherida en un lugar visible de la puerta del predio donde se ubica el establecimiento. En el caso que el infractor, reaperture el establecimiento después de haber sido ejecutada la sanción de Clausura Temporal por el personal de la Sub Gerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal, así como de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, procederá a la aplicación de la multa al infractor por reapertura de establecimiento estando clausurado, conforme lo previsto en el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones (RAMSA) aprobado mediante Ordenanza N o 013-2003-MPC; asimismo y de continuar con la comisión de la infracción por la que fue sancionada, se procederá a tomar medidas más drásticas como el uso de bloques de concreto, instrumentos y herramientas de cerrajería, soldadura, tapiado de puertas y ventanas, etc, instruyéndose el procedimiento para su clausura defi nitiva, revocándose las autorizaciones municipales, de contarse con ellas. Para el levantamiento de la orden de clausura inmediata temporal, el administrado deberá presentar por mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Cañete, la solicitud de levantamiento de clausura inmediata temporal debiendo el titular subsanar las observaciones que motivaron la medida, asumiendo el compromiso de no incurrir nuevamente en la misma falta por el cual fue sancionado o por cualquiera de las faltas citadas en la presente Ordenanza. USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES