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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 5 de setiembre de 2025 El Peruano / e) Coordinar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la IAL-DIS-MDSJM. f) Promover la articulación con entidades públicas y/o privadas en consenso de los miembros de la IAL-DIS-MDSJM para el logro de los objetivos. g) Ejercer el voto dirimente en actos de votación.h) Otras que disponga la IAL-DIS-MDSJM. Artículo 11º.- SECRETARÍA TÉCNICA.- La Secretaría Técnica de la IAL-DIS-MDSJM recae en el Subgerente de Salud y Bienestar Social. Tiene las siguientes funciones: a) Brindar soporte técnico y administrativo a la presidencia en la preparación de la agenda y los documentos que correspondan para cada sesión. b) Establecer coordinaciones internas, sectoriales, e intergubernamentales con el fi n de promover la participación y fortalecer capacidades de los miembros. c) Veri fi car la acreditación de los miembros, registrar la asistencia, llevar las actas y conservar el acervo documentario. d) Solicitar para cada sesión de la IAL-DIS-MDSJM que los miembros responsables de la prestación de servicios vinculados a las políticas de desarrollo e inclusión social presenten el estado situacional, nudos críticos, estrategias de mejora respectivo; según la agenda del día. e) Realizar el seguimiento de los acuerdos de cada sesión de la IAL-DIS-MDSJM. f) Remitir oportunamente las actas y otra documentación que deba ser revisada por los integrantes, para su análisis, aportes y conformidad. g) Reportar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, miembros de la IAL-DIS y otros, según corresponda, las acciones y resultados obtenidos del cumplimiento de los acuerdos en el marco de las sesiones de la IAL-DIS-MDSJM. h) Promover la organización de grupos de trabajo alineadas a los objetivos de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social. i) Las demás que le encomiende la presidencia. Artículo 12°.- EQUIPO TÉCNICO.- El Equipo Técnico está conformado por los funcionarios y servidores designados por la Secretaría Técnica y otras instancias de la Municipalidad para realizar las siguientes funciones: a) Brindar soporte y asistencia técnica a la Secretaría Técnica de la IAL-DIS-MDSJM y a los grupos de trabajo, en los procesos clave de gestión y operación vinculados a los servicios de la PNDIS. b) Apoyar al seguimiento de los acuerdos tomados al interior de la IAL-DIS-MDSJM. c) Otros que la Secretaría Técnica solicite. Artículo 13°.- GRUPOS DE TRABAJO.- La IAL-DIS- MDSJM podrá conformar grupos de trabajo temáticos y/o especializados para el apoyo a la gestión de la instancia. Estos grupos de trabajos son: Grupo de trabajo 1: Desarrollo infantil temprano Grupo de trabajo 2: Desarrollo de niñas, niños y adolescentes. Grupo de trabajo 3: Inclusión económica de jóvenes y adultos. Grupo de trabajo 4: Calidad de vida de personas adultas mayores. Grupo de trabajo 5: Condiciones para asegurar la inclusión social de la población. Podrá considerar otras denominaciones según el acuerdo que establezca sus miembros. Cada Grupo de Trabajo cuenta con un responsable designado por la Secretaría Técnica para la mejor organización con sus integrantes. Los Grupos de Trabajo dependen de la Secretaría Técnica, que los lidera y organiza para el adecuado desarrollo de los procesos de la IAL-DIS-MDSJM (articulación territorial, identi fi cación de nudos críticos, propuesta de estrategias/acciones de mejora, acuerdos), en el marco de las sesiones, las cuales contribuyen a la implementación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social. La Secretaría Técnica tiene la discrecionalidad para establecer la mejor organización de los Grupos de Trabajo. Artículo 14º.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES.- La institución pública y/o privada consignada en el artículo 7° del presente Reglamento, designará a su representante titular y alterno, quién será acreditado ante la Secretaría Técnica a través de un documento formal. En el caso que se realicen cambios de representantes, la o las instituciones deberán comunicar de manera formal sobre dicho reemplazo en el plazo de diez (10) días hábiles de ocurrido dicho cambio en la institución. Artículo 15º.- PERMANENCIA DE LOS MIEMBROS.- Los integrantes de la IAL-DIS permanecerán en el ejercicio de su cargo hasta que se designe y formalice el nombramiento de sus reemplazantes mediante la comunicación o fi cial expedida por la institución a la que representan, según corresponda. Artículo 16°.- RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS a) Con fi rmar la participación para las sesiones de la IAL-DIS-MDSJM, vía documento formal, y/o correos electrónicos. b) Presentar el estado situacional del servicio, identi fi cación de nudos críticos, propuesta de las estrategias/acciones de mejora de acuerdo con sus competencias. c) Participar y contribuir en la determinación de los acuerdos de la sesión, la cual evidencia la articulación, los mecanismos de colaboración y sinergia entre los miembros. d) Dar cumplimiento a los acuerdos establecidos y poner en conocimiento a la Secretaría Técnica de la IAL-DIS-MDSJM. e) Proveer información y otros insumos de la institución a la que representa, y, participar en la elaboración de reportes y/o informes requeridos para el cumplimiento del objeto de la instancia. f) Participar con voz y voto en las sesiones según corresponda. Artículo 17°.- PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL, OTRAS ENTIDADES E INSTITUCIONES.- La IAL-DIS-MDSJM podrá invitar a representantes de la sociedad civil, otras entidades públicas, instituciones privadas, la academia o de la cooperación internacional para que, dentro del marco de la Ley, coadyuven con el objetivo de la Instancia y el desarrollo de sus funciones. Cuando sea necesario, la IAL-DIS-MDSJM solicitará al concejo municipal la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y/o convenios especí fi cos con entidades públicas o privadas, nacionales y/o extranjeras para la consecución de fi nes y objetivos propios de la cooperación. TÍTULO TERCERO.- SESIONESArtículo 18°.- FRECUENCIA Y LUGAR DE LAS SESIONES.- La IAL-DIS-MDSJM sesionará una vez por mes con carácter ordinario, y con carácter extraordinario, cuando el presidente lo convoque, o a solicitud de la mayoría de sus miembros. Las sesiones de la IAL-DIS-MDSJM se celebrarán en las instalaciones de la municipalidad o en otro lugar que acuerde la presidencia y la Secretaría Técnica. Las sesiones podrán ser bajo las siguientes modalidades: - Modalidad presencial: requiere y demanda la presencia de los miembros en el mismo espacio y en tiempo real. Asimismo, admite el uso, como apoyo o complemento, de tecnologías de la información y la comunicación y/o entornos virtuales de aprendizaje. - Modalidad híbrida: combina la presencia física de los miembros con la participación vía remoto. - Modalidad virtual o remota: se realiza la comunicación entre los miembros en tiempo real, a través de plataformas digitales, e independientemente de la ubicación geográ fi ca de los participantes.