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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / sobre la solicitud de modi fi cación presupuestal formulada por la Rectora de la UNTELS, informando que, se cuenta únicamente con una disponibilidad presupuestal ascendente a S/ 12,480.00 (Doce mil cuatrocientos ochenta y 00/100 soles), otorgando atención parcial a la solicitud en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM y la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante Memorándum Nº 0545-2025-UNTELS-R, de fecha 03 de septiembre de 2025, dirigido a la Secretaria General, la Rectora de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, remite la disponibilidad presupuestal otorgada por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, para los siguientes Despachos: Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, Vicerrectorado de Investigación, Vicerrectorado Académico y del Despacho Rectoral, respecto de los viáticos y pasajes por comisión de servicios para la participación en el VIII Foro de Diálogo de Civilizaciones China – América Latina, a realizarse en la ciudad de Wuxi, provincia de Jiangsu – China, del 09 al 20 de septiembre de 2025; precisando que, debido a la distancia existente, la comisión de servicios comprenderá del 08 al 21 de setiembre del presente año, Asimismo, remite el “Plan de Trabajo para la participación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur en actividades de alto nivel universitario en China”, para su aprobación; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución Nº 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023 y el Estatuto de la UNTELS a la Rectora; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Trabajo para la participación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur en actividades de alto nivel universitario en la República Popular China, en el marco de la invitación efectuada por la Jiangsu Normal University para participar en el VIII Foro de Diálogo de Civilizaciones China – América Latina, a realizarse en la ciudad de Wuxi, provincia de Jiangsu, programado del 09 al 20 de setiembre de 2025. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la disponibilidad presupuestal por concepto de pasajes aéreos y viáticos de viaje al exterior, para participar en el VIII Foro de Diálogo de Civilizaciones China – América Latina, a realizarse en la ciudad de Wuxi, provincia de Jiangsu, del 08 al 21 de setiembre de 2025, a favor de: • Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui - Rectora, por el monto de S/ 12,480.00 (Doce mil cuatrocientos ochenta y 00/100 soles). • Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica, por el monto de S/ 12,480.00 (Doce mil cuatrocientos ochenta y 00/100 soles). • Dr. Ángel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación, por el monto de S/ 12,480.00 (Doce mil cuatrocientos ochenta y 00/100 soles). • Dr. Julio Elvis Valero Cajahuanca - Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, por el monto de S/ 12,480.00 (Doce mil cuatrocientos ochenta y 00/100 soles). Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho del Rectorado de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, al Dr. Pablo Guillermo Gonzales Ormeño, docente ordinario en la categoría de principal, durante el período comprendido del 08 al 21 de setiembre de 2025, y mientras dure la ausencia de la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui, en atención a la comisión de servicios al exterior autorizada mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 118-2025-UNTELS-CU. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui, Rectora de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, la suscripción de memorándums de entendimiento y demás acuerdos institucionales durante el viaje en comisión de servicios para participar en el VIII Foro de Diálogo de Civilizaciones China – América Latina, a realizarse en la ciudad de Wuxi, provincia de Jiangsu, del 08 al 21 de setiembre de 2025.Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, a través de la Unidad de Abastecimiento, las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución al Rectorado, Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, y al Dr. Pablo Guillermo Gonzales Ormeño, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Sétimo.- DISPONER el estricto cumplimiento de la presente Resolución por las dependencias universitarias involucradas, conforme a sus competencias. Artículo Octavo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora de la UNTELS MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General de la UNTELS 2435427-1 Autorizan viaje de profesionales a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 265-2025- UNAJMA/CU Andahuaylas, 3 de setiembre de 2025 VISTOS: La Carta N° 538-2025-UNAJMA-VRA de fecha 01 de setiembre de 2025; la Carta N° 273-2025-UNAJMA-OGC de fecha 01 de setiembre de 2025; el Acuerdo N° 07-2025-CU-UNAJMA de fecha 02 de setiembre de 2025 de la Décima Octava Sesión Ordinaria del Consejo Universitario de la UNAJMA, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución N° 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en su artículo 8, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico” ; Que, en el artículo 58 de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, respecto al Consejo Universitario, establece: “ El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad ”; Que, mediante Resolución N° 007-2023-CEU- UNAJMA, de fecha 26 de junio de 2023, el Comité Electoral Universitario de la UNAJMA, reconoce al Dr. Edgar Luis Martínez Huamán, como Rector, Dra. Cecilia Edith García Rivas Plata, Vicerrectora Académica y Dra. Mery Luz Masco Arriola, Vicerrectora de Investigación, de la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 264-2025-UNAJMA/CU de fecha 03 de setiembre de 2025, se modi fi có el Plan de Movilidad Académica Docente a la UNICAMP – Brasil para el Fomento de la Calidad y la Acreditación de los Programas Académicos de la Facultad de Ingeniería, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 208-2025-UNAJMA/CU y modi fi cado con Resolución de Consejo Universitario